Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2008 (14/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2008

MORDAZA MORDAZA a la Republica Dominicana, del 14 al 17 de agosto del presente ano, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El MORDAZA Nacional de Elecciones cubrira, con recursos ordinarios, los siguientes gastos de viaje del funcionario referido en el articulo anterior: Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA) : S/. 200.00 Pasajes aereos, ida y vuelta : S/. 2,862.73 Viaticos (por los dias de la comision de servicios) : S/. 1,019.40 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y la rendicion de cuentas correspondiente. Articulo 4°.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 238324-1

del distrito de Achaya, provincia Azangaro, departamento de Puno; a fin de que proceda a la reinscripcion de los asientos efectuados en la seccion matrimonio por inexistencia del libro correspondiente a 1988 y de los libros registrales semidestruidos de la seccion nacimiento del ano 1940 a 1946, ano 1949 a 1951; y matrimonio ano 1940 a 1948. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina referida, para la apertura de los libros de Actas correspondientes, a fin de implementar el MORDAZA de reinscripcion que se aprueba con la presente Resolucion, con sujecion a las normas legales, reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones en el Registro del Estado Civil. Articulo 3º.- Los Libros de Reinscripcion tendran el mismo formato oficial, con la consignacion expresa por selladura, del texto "Reinscripcion ­ Ley Nº 26242 ­ 26497", en la parte superior central del acta; debiendo, la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles, proveer los libros expresamente requeridos por la Oficina de Registro de Estado Civil autorizada a reinscribir. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 235386-15

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a la Oficina de Registros de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Achaya la apertura de libros de actas de matrimonio y nacimiento, para reinscripcion de asientos
RESOLUCION JEFATURAL N° 516-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 VISTO: el Informe N° 000600-2008/SGGTRC/GRC/ RENIEC de la Sub Gerencia de Gestion Tecnica de Registros Civiles y el Informe N° 00200-2008-GRC/ RENIEC emitido por la Gerencia de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por la Primera Disposicion Final de la Ley N° 26497, las Oficinas de Registro de Estado Civil a que se refiere la Ley N° 26242, deberan continuar con el MORDAZA de reinscripcion; en cuya virtud, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito de Achaya, provincia Azangaro, departamento de Puno; ha solicitado autorizacion para reinscripcion de diversos asientos registrales; Que, a traves de los Informes del Visto, se ha evaluado positivamente la solicitud acotada, la cual cumple las condiciones que hacen viable autorizar el MORDAZA de reinscripcion, al haber confirmado la inexistencia y semidestruccion respectivamente, de los asientos registrales referidos, segun la evaluacion tecnica y normativa de la Gerencia de Registros Civiles, por lo que corresponde a la Entidad aprobar lo solicitado, dada su condicion de organismo constitucionalmente MORDAZA, con competencia exclusiva en materia registral; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de papel de seguridad y modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL N° 543-2008-JNAC/RENIEC MORDAZA, 7 de agosto del 2008 VISTOS: el Oficio Nº 2165-2008/GAD/RENIEC, de la Gerencia de Administracion; el Informe Nº 1379-2008/ SGLG/GAD/RENIEC, de la Sub Gerencia de Logistica; los Oficios Nº 0664-2008/GOR/RENIEC y 2837-2008/GOR/ RENIEC, de la Gerencia de Operaciones Registrales; el Informe Nº 761-2008/SGP/GPP/RENIEC, de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Informe N° 439-2008/GAJ/ RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Acta Nº 11-2008, del Comite Tecnico Economico del RENIEC y; CONSIDERANDO: Que, a traves del Oficio N° 2165-2008-GAD/RENIEC, la Gerencia de Administracion, con el sustento del Informe N° 1379-2008-SGLG-GAD/RENIEC de la Sub Gerencia de Logistica, solicita la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2008 del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de papel de seguridad y su exoneracion por un valor referencial de US$ 73,500.00 (setenta y tres mil quinientos y 00/100 dolares americanos), incluido los impuestos de ley, previa opinion del Comite Tecnico Economico; Que, adjunto a dicho informe, se remiten los Oficios Nº 0664-2008/GOR/RENIEC y 2837-2008/GOR/RENIEC, a traves de los cuales la Gerencia de Operaciones Registrales remite las caracteristicas, sustento y numero de papel de seguridad para las actas registrales. Asi tambien, se adjunta el Informe N° 761-2008/SGP/GPP/ RENIEC, de la Sub Gerencia de Presupuesto, por el cual se otorga la correspondiente cobertura presupuestal; Que, del mismo modo, al Informe N° 1379-2008SGLG-GAD/RENIEC se anexa la Carta del 29 de MORDAZA de 2008, de la Sociedad Nacional de Industrias, en la que dicha Institucion manifiesta que la empresa MORDAZA MORDAZA & Sons de Peru S.A., pertenece a esa Sociedad, y que hasta donde tienen informacion es la unica empresa en el Peru que cuenta con maquinarias y tecnologia para la impresion de Sistema Intaglio o llamada tambien calcografia, sistema utilizado para las impresiones, que precisen altos niveles de seguridad y/o valor; Que, con Informe N° 439-2008/GAJ/RENIEC, la Gerencia de Asesoria Juridica considera que dicha

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