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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (14/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378083 Memorando Nº 1349-2008-CG/PP de 16.JUL.2008 y el Atestado Nº 162-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR.E2 de 05.SET.2007, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios con Resolución de 26.OCT.2006, abrió investigación policial, encomendando la misma a la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría General de la República, en virtud al desarrollo de investigaciones respecto a la Hoja Informativa N° 01-2004-PCM/CA-INDECI de 04.JUN.2004 emitida por el Órgano de Control Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, sobre las rendiciones de cuentas de viáticos asignados por comisiones de servicio del personal de INDECI, durante el período 2000 y 2001, derivado del Examen Especial dispuesto por la Contraloría General; Que, en ese sentido la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General, conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos 3°, 7° numeral 2) y 8° numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que ha sido remitido por dicha Unidad Técnica a través del Ofi cio Nº 1363-2007-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 06.SET.2007 a la Cuarta Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, a fi n que dicho órgano formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comisión de los delitos de Peculado y Falsi fi cación de Documentos, ilícitos previstos y sancionados por los artículos 387° y 427º del Código Penal, respectivamente; Que, en el marco de la defensa oportuna de los intereses del Estado, la Procuraduría Pública encargada de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, comunica que la presente investigación ha sido adecuada al Nuevo Código Procesal Penal; por lo que, ha solicitado mediante el Memorando de Vistos se autorice su apersonamiento ante la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna (Caso Nº 2906010601-2007-888-0), quien mediante Disposición Nº 02-2008-4DIFPPC-T - “Formalización y Continuación de Investigación Preparatoria” de 13.JUN.2008, ha dispuesto formalizar la investigación preparatoria por los delitos de Peculado, Falsifi cación, Adulteración y Uso de Documento Privado; en agravio del Estado Peruano, representado por el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, la cual ha sido noti fi cada al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna (Expediente Nº 2008-01130-2301-JR-PE-1); Que, de acuerdo con lo establecido en los literales d) y o) del artículo 22° de la Ley N° 27785 – Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, constituye atribución de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que, producto de una verifi cación se encuentre presunción de ilícito penal; así como participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; por lo que resulta conveniente autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, a fi n que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes, incluso interponiendo los recursos que la Ley le faculta, en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47° de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley N° 17537 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en el Atestado de Vistos, remitiéndosele para el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJIA Contralor General de la República 237479-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN Nº 166-2008-P/JNE Lima, 13 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante documento de fecha 13 de agosto de 2008, el Director de Protocolo de la Junta Central Electoral de la República Dominicana, por encargo del Presidente de dicha institución, con fi rma la invitación al Presidente del Jurado Nacional de Elecciones para que, el día viernes 15 de agosto del presente año, ambos funcionarios sostengan reuniones de coordinación, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, respecto de colaboración interinstitucional; Que, la realización de gestiones y actividades, como son las reuniones de trabajo bilaterales, programadas de acuerdo a la disponibilidad de tiempo de las más altas autoridades de ambos organismos electorales, resulta necesaria para la profundización de las relaciones de colaboración interinstitucional, tales como la suscripción de los convenios de cooperación técnica que correspondan, por lo que la participación del representante del Jurado Nacional de Elecciones para realizar esta comisión de servicios resulta de interés institucional especí fi co y converge con los esfuerzos que viene realizando nuestra Entidad para el mejoramiento de las funciones encomendadas por la Constitución Política del Perú y la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de conformidad con el artículo 1° de la Ley N° 27619, los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva institución, y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, conforme al artículo 22° de su Ley Orgánica, Ley N° 26486, y los artículos 13° y 14°, de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 130-2008-JNE, el Presidente es su máxima autoridad administrativa, representante o fi cial y Titular del Pliego; Que, respecto del viaje de comisión de servicios del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, la Dirección de Recursos y Servicios ha elaborado una propuesta de los pasajes, viáticos y demás gastos de viaje, materia de la presente aprobación, considerando las respectivas disponibilidades presupuestales, con cargo a la fuente de fi nanciamiento de recursos ordinarios; De conformidad con las citadas Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 130-2008-JNE, la Ley N° 27619 y sus normas reglamentarias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, doctor Enrique Javier Descargado desde www.elperuano.com.pe