TEXTO PAGINA: 51
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 14 de agosto de 2008 378089 Investigación para el Desarrollo Sostenible de Ceja de Selva”, por montos de S/. 80,000.00 (ochenta mil y 00/100 nuevos soles) y S/. 100,000.00 (cien mil y 00/100 nuevos soles), respectivamente; Que, en concordancia con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM; las atribuciones señaladas por la Ley Nº 27347, la Resolución Nº 114-2001-CONAFU, la Resolución Nº 0964-2008-CONAFU y demás normas concordantes y con los vistos de la Vicepresidencia Administrativa y la Ofi cina de Asesoría Legal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR la “Adquisición de terrenos para Campos Experimentales del INDES-CES” ubicados en la provincia de Rodríguez de Mendoza, distrito de San Nicolás (anexo de Shipara) y en la provincia de Bongará, distrito de Yambrasbamba (anexo Agua Dulce) para la implementación de los Centros Experimentales del Proyecto “Instituto de Investigación para el Desarrollo Sostenible de Ceja de Selva”; como bienes que no admiten sustitutos y que existe proveedor único, de conformidad con el artículo 19º, literal “e” del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Segundo.- EXONERAR el proceso de selección Adjudicación Directa Selectiva “Adquisición de terrenos para Campos Experimentales del INDES-CES ubicados en la provincia de Rodríguez de Mendoza, distrito de San Nicolás (anexo de Shipara) y en la provincia de Bongará, distrito de Yambrasbamba (anexo Agua Dulce) para la implementación de los Centros Experimentales del Proyecto “Instituto de Investigación para el Desarrollo Sostenible de Ceja de Selva”, por un monto de S/. 180,000.00 (ciento ochenta mil y 00/100 nuevos soles), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1 Recursos Ordinarios. Artículo Tercero.- DISPONER que la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento lleve a cabo las acciones inmediatas, a fi n de adquirir los bienes respectivos; asimismo comunique el contenido de la presente Resolución; y los informes técnico y legal a la Contraloría General de la República dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; del mismo modo publicar la misma en el diario o fi cial El Peruano en el plazo legal, en la página WEB de la entidad y en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE). Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los estamentos internos de la UNAT-A, de forma y modo de Ley para conocimientos y fi nes. Regístrese y comuníquese. MANUEL ALEJANDRO BORJA ALCALDE Presidente Comisión Organizadora ENRIQUE PASTOR VIGIL ANGULO Secretario General 238280-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de carnés universitarios 2008 regulares y duplicados a la Asamblea Nacional de Rectores para la UNMSM UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 03527-R-08 Lima, 11 de agosto del 2008 Visto el expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 04638-SG-08 de la O fi cina de Secretaría General, sobre solicitud de exoneración del Proceso de Selección y autorización de gasto. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 00016-R- 8 del 9 de enero del 2008, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en el que se encuentra programado la adquisición de Carnés Universitarios, según la fuente de fi nanciamiento y modalidad expresada, por un monto estimado de S/. 303,950.00 (Trescientos tres mil novecientos cincuenta y 00/100 nuevos soles); Que con Resolución Rectoral Nº 03008-R-08 de fecha 10 de julio del 2008, se modi fi có la Resolución Rectoral Nº 01545-R-08 de fecha 04 de abril del 2008, que aprobó el TUPA 2008 de la Universidad, en lo que corresponde al Carné Universitario 2008 para alumnos regulares del Pregrado y Postgrado, teniendo en cuenta el incremento establecido por la Asamblea Nacional de Rectores, precisando que el nuevo costo unitario es de S/.12.50 y S/. 17.50 nuevos soles, respectivamente; Que la Secretaría General de la Universidad solicita la adquisición de 37,000 Carnés Universitarios 2008 y de 530 Duplicados de Carnés Universitarios 2008, por un monto total de S/. 397,775.00 (Trescientos noventa y siete mil setecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo en cuenta el incremento establecido; Que de acuerdo a la Ley Nº 26986, que modi fi ca la Ley Nº 26271, el Carné Universitario es expedido sólo por la Asamblea Nacional de Rectores; Que cuenta con la Hoja de Requerimiento y Autorización de Gasto suscrita por la Dirección General de Administración y las Ofi cinas Generales de Economía y de Plani fi cación, con visto bueno respecto a la disponibilidad presupuestal para realizar la adquisición descrita, la misma que será fi nanciada con Recursos Directamente Recaudados; Que mediante el Informe Nº 006-OA-UPS-2008, la Ofi cina de Abastecimiento emite Informe Técnico en el sentido que la Asamblea Nacional de Rectores es el único proveedor de los bienes solicitados, los mismos que no admiten sustitutos, situación que constituye causal de exoneración del respectivo Proceso de Selección, la cual se encuentra tipi fi cada en el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que con Informe Nº 0744-R-OGAL-2008, la O fi cina General de Asesoría Legal con fi rma que efectivamente la Asamblea Nacional de Rectores es el único proveedor de carnés universitarios, de manera que la causal de exoneración invocada por la O fi cina de Abastecimiento se adecua a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que mediante Resolución Rectoral Nº 03628-R- 06 del 8 de agosto del 2006, se aprobó los Niveles de Autorización de Gasto para la Administración Central y de las Facultades de la Universidad, que señala que montos mayores a 105 UIT, son aprobados por el Consejo Universitario; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus modifi catorias; y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º Conceder autorización de gasto para la Adquisición de 37,000 Carnés Universitarios 2008 regulares y de 530 duplicados de Carnés Universitarios 2008 a la Asamblea Nacional de Rectores, por el valor referencial de S/. 397,775.00 (Trescientos noventa y siete mil setecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles) con cargo a los Recursos Directamente Recaudados por la Universidad. 2º Aprobar la Exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública concerniente a la “Adquisición de 37,000 Carnés Universitarios 2008 regulares y de 530 duplicados de Carnés Universitarios 2008” a la Asamblea Nacional de Rectores, por el valor Descargado desde www.elperuano.com.pe