Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2008 (20/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 20 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. - AVIANCA debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto que establezca su Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. - AVIANCA queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11° - AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. - AVIANCA debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AEROVIAS DEL CONTINENTE AMERICANO S.A. - AVIANCA, queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Colombia no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil 236590-1

VIVIENDA
Aprueban transferencia financiera a favor del Gobierno Regional MORDAZA para culminar elaboracion de expediente tecnico de proyecto de inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 480-2008-VIVIENDA MORDAZA, 18 de agosto de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 688-2007VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al ano fiscal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoria y Grupo Generico del Gasto; Que, el literal a) del articulo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, establece que es funcion del Ministerio ejercer competencias compartidas con los

Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es funcion general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, el numeral 9.4 del articulo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecucion de los proyectos de inversion se efectua mediante transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, para lo cual previamente deberan suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; asimismo, precisa que la transferencia financiera sera autorizada mediante Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el diario oficial El Peruano y en la pagina Web del Pliego; Que, con fecha 24 de octubre de 2007 se suscribio el Convenio Especifico entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Gobierno Regional MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Carhuamayo, (en adelante el Convenio Especifico), con el objeto de financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto "Mejoramiento y Ampliacion de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Centro Poblado Menor MORDAZA MORDAZA Dartnell", con Codigo de SNIP Nº 14555, la Clausula Setima del Convenio Especifico establece que el mismo tiene vigencia hasta la liquidacion, transferencia y recepcion de la obra; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 524-2007VIVIENDA de fecha 24 de octubre de 2007, se aprobo la transferencia financiera por la suma de Ciento Veintiun Mil Trescientos Ochenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles (S/. 121 385,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional MORDAZA, para financiar la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto con Codigo de SNIP Nº 14555; asimismo, el articulo 2 de la citada Resolucion Ministerial establecio que la transferencia se realizaria con cargo al Presupuesto del ejercicio fiscal 2007 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 328-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 26 de junio de 2008, la Direccion Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, emite opinion favorable para aprobar una transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional MORDAZA, hasta por la suma de Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 98 421,00), para financiar la culminacion de la elaboracion del Expediente Tecnico del Proyecto con Codigo SNIP Nº 14555, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, del ano fiscal 2008; asimismo informa que los desembolsos de la transferencia financiera aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 524-2007-VIVIENDA de fecha 24 de Octubre de 2007, no se efectuaron dentro del ejercicio presupuestario 2007 por razones de orden administrativo, por lo que recomienda se deje sin efecto la citada Resolucion Ministerial; Que, en consecuencia es necesario aprobar una transferencia financiera a favor del Gobierno Regional MORDAZA, hasta por el monto de Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Veintiuno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 98 421,00); asi como dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 524-2007-VIVIENDA de fecha 24 de octubre de 2007; Con la visacion de las Directoras Generales de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, y de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008;

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