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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de agosto de 2008 378979 SE DECRETA: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva denominada “Gestión y Manejo de la Tasa de Estacionamiento Vehicular”, cuyo texto forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Administración Tributaria a través de la Unidad de Recaudación y Control, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la O fi cina de Administración y Finanzas a través de las Unidades de Tesorería, Logística y Contabilidad y Costos el cumplimiento de la presente Directiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRÍNCIPE LAINES Alcalde 245364-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Conforman Equipo Técnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2008-MPL Pueblo Libre, 22 de agosto de 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 007-2008- MPL de fecha 14 de mayo 2008 se conformó el Equipo Técnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009; Que, es necesario incorporar al Equipo Técnico, dos (02) representantes de la Sociedad Civil elegidos para el efecto en el primer Taller del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, conforme lo establece en su artículo 16º la Ordenanza Nº 257-MPL - Reglamento del Proceso de Planeamiento del Desarrollo y del Presupuesto Participativo en la Jurisdicción del Distrito de Pueblo Libre; Que, conforme a las Actas de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo 2009, de fecha 05 de agosto de 2008, suscrito por los Agentes Participantes, consta la elección de los representantes de la Sociedad Civil para integrarse y formar parte del Equipo Técnico; Qué, mediante Resolución Directoral Nº 021-2008- EF/76.01 de fecha 08 de abril 2008 se aprobó el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 - Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo, con la fi nalidad de facilitar y orientar, en el marco de lo establecido por la Ley Marco y Reglamento del Presupuesto Participativo, el proceso presupuestario correspondiente al año fi scal 2009; Que, mediante Ordenanza Nº 257-MPL de fecha 10 de julio 2007 se aprobó el Proceso de Planeamiento del Desarrollo y del Presupuesto Participativo en la Municipalidad de Pueblo Libre; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- INCORPORAR al Equipo Técnico responsable de impulsar, desarrollar, conducir y consolidar el Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2009, a los representantes de la Sociedad Civil elegidos en el primer Taller del Proceso del Presupuesto Participativo 2009, quedando conformado dicho Equipo de la siguiente manera:• Director de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, quien lo preside. • Director de la Ofi cina de Participación Vecinal. • Gerente de Desarrollo Distrital.• Gerente de Desarrollo Humano.• Sr. Richard César Beraún Horna, en representación de la Sociedad Civil. • Sr. José Carlos Carvajal Linares, en representación de la Sociedad Civil. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, O fi cina de Participación Vecinal, Gerencia de Desarrollo Distrital y Gerencia de Desarrollo Humano el cumplimiento del presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldia en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 245091-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Promueven la Declaración Jurada masiva para contribuyentes omisos o subvaluadores en el Cercado del Callao ORDENANZA MUNICIPAL N° 000051 Callao, 19 de agosto de 2008 El Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao:POR CUANTO:El Consejo Municipal Provincial del Callao, en sesión fecha 19 de agosto de 2008; aprobó la siguiente Ordenanza Municipal CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8, establece que es atribución del Concejo Municipal crear, modi fi car, suprimir o exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece en el artículo 14 literal a), que los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada del Impuesto Predial, anualmente, hasta el último día hábil del mes de Febrero, salvo prórroga establecida por el municipio; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF, establece en el artículo 88 que la declaración tributaria es la manifestación de hechos comunicados a la administración tributaria en la forma y lugar establecidos por ley, reglamento, resolución de superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la determinación de la obligación tributaria. Los deudores tributarios deberán consignar en su declaración, en forma correcta y sustentada, los datos solicitados por la administración tributaria, de igual modo en el artículo 176 numeral 1, establece que constituye