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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384638 Ley Nº 13253, de profesionalización del Contador Público y de creación de los Colegios de Contadores Públicos, los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos deberán ser aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Resolución Ministerial Nº 239-2005-EF/10 se ha delegado en el Contador General de la Nación, la facultad de aprobar los estatutos de los Colegios de Contadores Públicos y ofi cializar seminarios, congresos, cursos y otros relacionados con la Contabilidad que organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú y sus Colegios de Contadores Públicos Departamentales; y, En uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 239-2005-EF/10; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar el Estatuto del Colegio de Contadores Públicos del Cusco que consta de seis (6) títulos, veintiséis (26) capítulos y ciento treintisiete (137) artículos, tres (3) disposiciones generales, una (1) disposición complementaria, dos (2) disposiciones transitorias y una (1) disposición fi nal; cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución; y disponer su difusión en la página web de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública: http://cpn.mef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 287967-1 ENERGIA Y MINAS Aceptan renuncia y designan Viceministro de Energía RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 050-2008-EM Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 044-2006-EM, se designó al doctor Pedro Fernando Gamio Aíta, en el cargo de Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al día 16 de diciembre de 2008, la renuncia formulada por el doctor Pedro Fernando Gamio Aita, al cargo de Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Nación. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 287970-10RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 051-2008-EM Lima, 5 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, el cargo de Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas se encontrará vacante a partir del 16 de diciembre de 2008; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir del día 16 de diciembre de 2008, al ingeniero Daniel Javier Cámac Gutiérrez, Viceministro de Energía del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 287970-11 JUSTICIA Aprueban el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva DECRETO SUPREMO Nº 018-2008-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, desde la promulgación y publicación de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, se han aprobado dispositivos legales que han complementado y/o modifi cado su texto, como es el caso de las Leyes Nºs. 28165 y 28892; Que, mediante la aprobación de un Texto Único Ordenado se consolidan las modifi caciones hechas a un dispositivo legal con la fi nalidad de compilar toda la normativa vigente en un solo texto y facilitar su manejo; Que, dada la importancia que tiene para el Estado y la ciudadanía en general el cumplimiento de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, es necesario contar con un solo texto que contenga sus disposiciones vigentes; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; DECRETA: Artículo 1º. – Objeto Apruébese el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, cuyo texto es parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º. – PrecisiónPrecísese que conforme a lo dispuesto por el inciso e) del artículo 9º del Decreto Legislativo Nº 1014 – Decreto Descargado desde www.elperuano.com.pe