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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (06/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de diciembre de 2008 384637 hasta por la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00); la cual será destinada a fi nanciar en parte el costo del reintegro de la Ley N° 29223 y la aplicación de la Ley 29137, Ley que aprueba los términos de continuación del Programa de Homologación de los Docentes de las Universidades Públicas, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 006 : Planeamiento Gubernamental SUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 20 000 000,00 =========== TOTAL 20 000 000,00 =========== A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL Universidades PúblicasFUENTE DEFINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DEL GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 1. Personal y Obligaciones Sociales 20 000 000,00 =========== TOTAL 20 000 000,00 =========== Los montos habilitados a las Universidades Públicas en el presente artículo, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, son detallados en el Anexo que forma parte de la presente norma. Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de Pliego aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos habilitados, dentro de los cinco (5) días de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados en el Artículo 23° numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificaciones Presupuestarias” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil ocho. ALAN GARCIA PEREZPresidente Constitucional de la República LUIS M. VALDIVIESO M. Ministro de Economía y Finanzas ANEXO (En S/.) PLIEGOS1. PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 511 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN ANTONIO ABAD 1,392,000 512 UNIVERSIDAD NACIONAL TRUJILLO 1,289,000 513 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN AGUSTIN 1,232,000 514 UNIVERSIDAD NACIONAL. DE INGENIERIA 633,000 515 UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA 1,404,000 516UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA412,000 517UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU826,000 518UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA MOLINA907,000 519UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONIA PERUANA748,000 520 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO 1,065,000 521 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA 843,000 522 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA 666,000 523 UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO 1,137,000 525 UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN 474,000 526 UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA 488,000 527UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION1,605,000 528UNIVERSIDAD NACIONALDE EDUCACION ENRIQUE GUZMAN Y VALLE551,000 529 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO 908,000 530UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION834,000 531UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN459,000 532UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO408,000 533 UNIVERSIDAD NACIONALDE SAN MARTIN 497,000 534 UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI 205,000 535 UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES 335,000 536 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA 373,000 537 UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA 155,000 538UNIVERSIDAD NACIONAL AMAZONICA DE MADRE DE DIOS37,000 539UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS APURIMAC54,000 541UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA63,000 TOTAL 20,000,000 287970-4 Aprueban el Estatuto del Colegio de Contadores Públicos del Cusco RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2008-EF/93.01 Lima, 19 de noviembre de 2008 VISTOS: El Ofi cio Nº 351-2008-CCPC del Decano del Colegio de Contadores Públicos del Cusco, mediante el cual solicita la aprobación de su Estatuto; y el Informe Nº 010-2008-EF/93.10 de la Dirección de Normatividad de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 6º de la Ley Nº 28951 - Ley de Actualización de la Descargado desde www.elperuano.com.pe