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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de diciembre de 2008 384932 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 806-2008-VIVIENDA Lima, 9 de diciembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, el literal l) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, con fecha 23 de julio de 2007 se suscribió el Convenio Específi co entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero, Provincia de Sullana, Departamento de Piura (en adelante el Convenio Específi co), con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 333; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 361-2007- VIVIENDA de fecha 20 de julio de 2007, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Cinco Millones Ciento Diecinueve Mil Seiscientos Treinta y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 119 636,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Piura, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 333, comprendido en el Convenio Específi co; Que, con fecha 18 de marzo de 2008, se suscribió la Addenda al Convenio Específi co, por la cual se acuerda ampliar el monto de fi nanciamiento del Proyecto con Código SNIP Nº 333, hasta por el monto Seis Millones Ciento Treinta y Siete Mil Ochocientos Noventa y Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 137 892,00); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 168-2008- VIVIENDA de fecha 13 de mayo de 2008, se aprobó la transferencia fi nanciera hasta por la suma de Seis Millones Ciento Treinta y Siete Mil Ochocientos Noventa y Dos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 137 892,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional Piura, para fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 333; Que, mediante el Informe Técnico Nº 811-2008/ VIVIENDA/ VMCS/PAPT-DE de fecha 26 de noviembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos, informa que de las transferencias fi nancieras aprobadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 361-2007 y 168-2008-VIVIENDA se transfi rió la suma de ascendió a la suma de Cinco Millones Seiscientos Ocho Mil Setecientos Noventa y Tres y 74/100 Nuevos Soles (S/. 5 608 793,74) con cargo al ejercicio presupuestal 2007 y 2008, por lo que producto de la evaluación técnica (física y fi nanciera) realizada, se recomienda la necesidad de aprobar una nueva transferencia fi nanciera, con cargo al presente ejercicio presupuestal, para fi nanciar la culminación del citado Proyecto, hasta por la suma de Dos Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco y 54/100 Nuevos Soles (S/. 2 871 475,54); Con la visación de las Directoras Generales de las Ofi cinas Generales de Planifi cación y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor del Gobierno Regional Piura, hasta por la suma de Dos Millones Ochocientos Setenta y Un Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco y 54/100 Nuevos Soles (S/. 2 871 475,54), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la culminación del Proyecto con Código SNIP Nº 333, detallados en el Anexo A, cuyo desembolso se efectuará conforme al cronograma establecido en el Anexo B, los que forman parte de la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para fi nanciar la culminación del Proyecto, quedando el Gobierno Regional Piura prohibido de efectuar anulaciones presupuestarias con cargo a dichos recursos. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2008 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, los desembolsos de la transferencia aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, sólo se efectivizarán luego que el Gobierno Regional Piura presente al Programa Agua Para Todos el Contrato de Ejecución de Estudios, Obra o Supervisión del Proyecto, así como las valorizaciones, informes de avance de ejecución, u otros documentos relacionados a los componentes aprobados sobre la viabilidad del Proyecto. El cronograma de desembolsos establecido en el Anexo B de la presente Resolución podrá ser modifi cado en función a los resultados de la culminación del Proyecto, así como por factores externos no previsibles. La modifi cación del cronograma de desembolsos deberá contar con la conformidad de la Entidad Ejecutora del Proyecto y del Programa Agua Para Todos. Artículo 4º.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 23 de julio de 2007 y Adenda de fecha 18 de marzo de 2008, suscritos entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero, para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5º.- El Programa Agua Para Todos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio y Addenda señalados en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda,Construcción y SaneamientoDescargado desde www.elperuano.com.pe