Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2008 (11/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 11 de diciembre de 2008

y evaluando programas de investigacion cientifica; desarrollando e innovando tecnologias en todas las areas relacionadas a las ciencias biologicas, considerando aquellas que impliquen el manejo de la biodiversidad en toda su dimension y los resultados del efecto mutuo entre el medio ambiente y los seres vivos. Articulo 5º.- Ambito de la profesion del Biologo Los Biologos ejercen sus actividades en las Ciencias Biologicas, disciplinas cientificas afines y las que se deriven de estas o resulten de sus aplicaciones, sin que tengan el caracter de exclusivo o excluyente de acuerdo a lo establecido en el articulo 7º de la Ley, en los siguientes ambitos: 5.1 Cientifico: a) Realizando actividades de investigacion MORDAZA y aplicada, informacion, transferencia e innovacion cientifica y tecnologica para el desarrollo de nuevos conocimientos, asi como, la difusion de las mismas. 5.2 Academico: a) Realizando actividades de docencia, capacitacion y entrenamiento, en los diferentes niveles de educacion superior y otros MORDAZA que lo requieran, utilizando metodologias pedagogicas acordes con el avance de la ciencia y la tecnologia. 5.3 Tecnico: a) Dirigiendo y participando en comisiones especializadas, referidas a la conservacion del ambiente, la biodiversidad y los recursos naturales. b) Planificando, elaborando y ejecutando procesos de produccion, control y gestion de la calidad de productos biologicos, derivados y afines, para uso humano, animal y vegetal. c) Realizando actividades de auditoria, consultoria, asesoria; asi como de indole regulatorio normativo en todas las areas de su ejercicio profesional. d) Prestando servicios de analisis biologicos especializados, en salud, ambientales, de control de calidad, bioseguridad, de filiacion, reproduccion asistida, forense y otros de acuerdo a su quehacer profesional. e) Realizando actividades referidas a la prevencion, proteccion y control de riesgos, y enfermedades, de vigilancia epidemiologica y la evaluacion de las tendencias de los agentes etiologicos emergentes y re-emergentes. f) Realizando pericias, tasaciones y certificaciones, informes tecnicos los mismos que deben ser suscritos dada la responsabilidad que compete. 5.4 Humanistico: a) El profesional Biologo centra su quehacer profesional en margenes eticos, en el desarrollo y aplicacion de la ciencia y de la investigacion en beneficio del conocimiento universal, su difusion y aplicacion para favorecer, la MORDAZA y la salud del ser humano, la sociedad y su entorno ecologico. Articulo 6º.- Requisitos para el ejercicio profesional Para el ejercicio de la profesion de Biologo en cualquier lugar del territorio nacional, se requiere: a) Titulo Universitario de Biologo o Licenciatura en Biologia, otorgado a nombre de la Nacion por una universidad peruana; y, si fuese el caso por una universidad extranjera, revalidado conforme a lo establecido por la ley de la materia. b) Encontrarse inscrito en el Colegio de Biologos del Peru. c) Encontrarse debidamente habilitado. Articulo 7º.- El acto profesional del Biologo Se define como acto profesional del Biologo a toda accion o disposicion que realiza el Biologo en el ejercicio de su profesion, el cual se efectua teniendo en cuenta el MORDAZA de alta responsabilidad, en el MORDAZA de su perfil profesional y nivel de especialidad.

Capitulo II. De los Derechos y Obligaciones Articulo 8°.- Los derechos del Biologo El Biologo tiene derecho a:

a) Acceder a los cargos de responsabilidad directiva en igualdad de condiciones que los demas profesionales de la salud, en Instituciones Publicas incluyendo las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru; asi como, en las Instituciones privadas, de acuerdo a lo que para tal efecto regule cada entidad. b) Acceder a los cargos y niveles de investigador que le corresponda en los institutos y centros de investigacion y docencia. c) Desarrollar su labor en ambientes adecuados para asegurar su integridad personal y el goce de salud fisica y mental. Asimismo, tiene derecho a contar con los recursos logisticos y equipamientos adecuados para cumplir con sus labores. d) Ser convocado para ejercer altos puestos de direccion y gerencia de mando medio, a traves de procesos transparentes y competitivos. e) Estar en aptitud de ser incorporado al cuerpo de Gerentes Publicos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia. f) Contar con un seguro complementario de trabajo de riesgo, por exposicion ocupacional o cuando manipule sustancias de alto riesgo de origen quimico, biologico, radioactivo o citotoxicas al realizar sus labores, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. g) Percibir una bonificacion adicional mensual por prestacion de servicios en zonas de menor desarrollo, fronteras o lugares con prevalencia de enfermedades infectocontagiosas o cuando ejecute labores de MORDAZA y laboratorio que involucren riesgos a su integridad personal. h) Percibir una remuneracion equitativa y actualizada que sea conmensurable con su jerarquia, produccion cientifica, calidad, experiencia y responsabilidades. i) Percibir una compensacion por guardias o jornadas extraordinarias, cualquiera sea su modalidad, de acuerdo a la normatividad vigente. j) Acceder a evaluaciones y examenes medicos periodicos de salud preventiva, de acuerdo al MORDAZA de riesgo laboral al que este expuesto. k) Obtener licencia con o sin goce de haber, para acceder a capacitacion oficializada y no oficializada o estudios de post-grado conducentes a un grado academico o especializacion, en el MORDAZA o en el extranjero, de acuerdo a la normatividad vigente. l) Realizar docencia, de acuerdo a las normas vigentes. m) Prestar sus servicios unica y exclusivamente bajo la modalidad y el plazo que corresponde a la naturaleza de las labores que realiza. n) Las plazas vacantes debidamente programadas y presupuestadas para Biologos deberan ser cubiertas por Biologos. Articulo 9°.- Las obligaciones del Biologo El Biologo esta obligado a: a) Cumplir los preceptos establecidos en el Codigo de Etica y Deontologia Profesional, asi como, con las disposiciones establecidas en la Ley, el presente Reglamento y Estatutos del Colegio de Biologos del Peru. b) Desempenar con responsabilidad las funciones del cargo y cumplir a cabalidad las labores encomendadas. c) Acreditar, en caso sea requerido, su competencia profesional por medio de la certificacion y la certificacion periodica otorgada por el Colegio de Biologos del Peru. d) Conocer, aplicar y cumplir la legislacion vigente y las politicas de la Institucion donde labora. e) Contribuir a enriquecer los valores y principios que rigen la Institucion en la que presta sus servicios. f) Respetar y hacer respetar el ambiente en beneficio de la vida. g) Respetar el caracter confidencial de su actividad profesional. h) Proponer iniciativas que considere utiles para el mejoramiento continuo de la profesion y de las tareas que le hayan sido asignadas.

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