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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de diciembre de 2008 384947 remitida por el Gerente General de CETICOS ILO a Presidencia Regional, sobre propuesta modifi catoria del ROF y CAP. Debe tenerse en consideración que el D.S. Nº 043-2006-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, no contiene disposición expresa respecto del instrumento legal de gestión aprobatorio – ROF tratándose de los Organismos Públicos Descentralizados, siendo en consecuencia viable y procedente la aprobación de este documento mediante Ordenanza Regional. Que, estando al Ofi cio Nº 253-2007-GG/CETICOSILO de 20.12.2007, en virtud al cual se remite a Presidencia Regional el Proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos – TUPA con sus antecedentes y reforzamiento de Informe Técnico de la Ofi cina General de Administración de CETICOS ILO e Informe Legal de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de CETICOS ILO. Dicho documento ha sido elaborado en consideración a lo establecido en el D.S. Nº 079-2007-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y Aprobación del mismo y establece las disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo. Por lo que estando en uso de las facultadles concedidas por el artículo 13º y 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902; el inciso a) del artículo 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 009-2006-CR/GRM; el Consejo Regional de Moquegua por votación unánime de sus miembros y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ha emitido la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- FACULTAR a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Desarrollo Económico la supervisión de la administración, la promoción y desarrollo de CETICOS – ILO, en aplicación de la Ley Nº 29014 que adscribe CETICOS – ILO al Gobierno Regional Moquegua en tanto se publique el Reglamento ofi cial de la mencionada Ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico dar los lineamientos administrativos en armonía con la política regional y crear las condiciones favorables para el normal desarrollo de sus funciones respetando la autonomía que le compete a CETICOS – ILO de acuerdo a ley. Artículo Tercero.- DISPONER que CETICOS – ILO, cumpla con presentar periódicamente sus planes operativos, programa de inversión y otros documentos de gestión; y a su vez informe los avances en la ejecución de sus planes y presupuestos, resultados obtenidos al cierre del ejercicio del presupuesto anual, debiendo presentar la memoria respectiva a Presidencia Regional, Consejo Regional y a Gerencia Regional de Desarrollo Económico para su aprobación. Artículo Cuarto.- ENCARGUESE a la Gerencia General Regional incorporar a CETICOS – ILO dentro del Reglamento de Organización y Funciones como organismo público descentralizado adscrito. Artículo Quinto.- APROBAR los Documentos de Gestión Institucional de la Junta de Administración del Centro de Exportación, Transformación, Industria, Comercialización y Servicios de CETICOS – ILO que a continuación se detallan: 1.- Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el mismo que consta de catorce (14) artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias, documentos anexos que forma parte de la presente Ordenanza, así como el organigrama estructural, que a su vez es parte del presente documento de gestión aprobado (ROF). 2.- Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), el mismo que consta de quince (15) folios, conteniendo sesenta y dos (62) procedimientos normativos. 3.- Cuadro de Asignación de Personal (CAP), el mismo que consta de (01) folio conteniendo 35 cargos. Los referidos documentos de gestión serán colgados en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Moquegua.Artículo Sexto.- DERÓGUESE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Comuníquese al señor Presidente Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil ocho. LUCRECIA NORA MALDONADO CUADROS Consejera DelegadaConsejo Regional Moquegua POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Moquegua a los veintisiete días del mes de octubre del dos mil ocho. JAIME ALBERTO RODRIGUEZ VILLANUEVA Presidente Regional 288844-1 GOBIERNO REGIONAL DE PUNO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de octubre de 2008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2008-DREM-PUNO/D Puno, 11 de noviembre de 2008VISTOS:La relación de títulos de concesión minera otorgados en el mes de octubre 2008, por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Puno, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2007-EM se aprobó la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC con el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiendo a esta última la calidad de entidad incorporante; Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercen funciones especifi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial N° 009-2008- MEM/DM, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 16 de enero del 2008, declaran que el Gobierno Regional de Puno, ha concluido el proceso de transferencia de funciones en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de dicha fecha para el ejercicio de la misma; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el artículo 24 del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-92-EM, la Dirección Regional de Energía y Minas, con las facultades otorgadas por el Gobierno Regional de Puno, publica mensualmente en el diario ofi cial “El Peruano” por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados en el mes anterior; De conformidad con la atribución establecida en el inciso f) del artículo 59° de la Ley Orgánica de Descargado desde www.elperuano.com.pe