Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2008 (23/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 23 de diciembre de 2008

Centros Comerciales que se encuentran ubicados en las Zonas de Comercio Metropolitano, que satisfagan en forma real y efectiva las necesidades del publico usuario; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, mediante Decretos de Alcaldia se reglamentan entre otros asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando al Informe Nº 495-2008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, e Informe Nº 1242-2008MSS de la Oficina de Asesoria Juridica; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de las Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Incorporar terminos especificos referidos al Requerimiento de estacionamiento para Centros Comerciales ubicados en MORDAZA de Comercio Metropolitano (CM), en la parte final del Numeral 24.1.9, del Articulo 24 del Decreto de Alcaldia Nº 07-2006-MSS, modificado por Decreto de Alcaldia Nº 012-2006-MSS, las mismas que establecen Requerimientos de Estacionamiento Vehicular para Establecimientos Comerciales y de Equipamientos segun Uso, quedando redactado de la siguiente manera: a) Para efectos del calculo de requerimiento de estacionamiento para los Centros Comerciales ubicados en MORDAZA de Comercio Metropolitano (CM), se considerara el ratio de estacionamiento correspondiente a un (1) estacionamiento cada 20 m2 de area techada constituida por la superficie destinada a exhibicion y venta de productos y servicios. b) En cuanto a las areas de depositos de mercaderia y oficinas administrativas de los locales comerciales que conforman Centros Comerciales en Zonas de Comercio Metropolitano (CM), se considerara un ratio de estacionamiento correspondiente a un (1) estacionamiento cada 40 m2 de area techada. En las areas centrales de circulacion se considerara un ratio de estacionamiento correspondiente a un (1) estacionamiento cada 40.m2 de area techada c) En cuanto a las areas de servicios higienicos, subestaciones electricas, circulaciones verticales y areas de evacuacion de los Centros Comerciales ubicados en Zonas de Comercio Metropolitano (CM), se establece que no seran consideradas para el calculo de requerimiento de estacionamiento. d) Las areas de Estacionamiento de los centros comerciales deberan observar las normas expedidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre senaletica, circulacion y seguridad vial. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente norma. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 293456-1

mediante los cuales se remite el proyecto de Decreto deAlcaldia que aprueba los Parametros Urbanisticos y Edificatorios de los lotes que se encuentran en las Urbanizaciones Los MORDAZA, El Derby y el Cortijo; y,

Aprueban parametros urbanisticos y edificatorios de lotes que se encuentran en las Urbanizaciones Los MORDAZA, El Derby, El MORDAZA y otros
DECRETO DE ALCALDIA Nº 20-2008-MSS MORDAZA de MORDAZA, 19 de diciembre de 2008 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTOS: Los Informes Nº 685-2008-SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y Nº 5072008-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA,

CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 194 modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisando la MORDAZA MORDAZA indicada que la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 195 inciso 6) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son competentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificacion, urbanismo y el acondicionamiento territorial; Que, el Articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, dispone el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho MORDAZA se senalan las politicas publicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especificas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 74 de la Ley MORDAZA acotada, las municipalidades ejercen de manera exclusiva o compartida una funcion promotora, normativa y reguladora, asi como las de ejecucion, fiscalizacion y control, en las materias de sus competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 1195 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se aprueba el Estudio de la Densificacion MORDAZA Panamericana Sur ­ DerbyOlguin - Primera Etapa: Av. MORDAZA Olguin como MORDAZA Empresarial Financiera del distrito de MORDAZA de Surco; Que, la citada Ordenanza, en su Articulo Primero, aprueba el Cambio Especifico de Zonificacion de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Zonal (CZ) de los lotes 108 y 109 de la Mz H de la Urb. Los MORDAZA y los lotes 7 y 8 de la Mz. G de la Urb. El Cortijo; de Residencial de Densidad Baja (RDB) a Comercio Metropolitano (CM) de los lotes 2 y 8 de la Mz. I de la Urb. El Derby; y de Comercio Zonal (CZ) a Comercio Metropolitano (CM) de los lotes 1, 9, 10 y 11 de la Mz. I de la Urb. El Derby, del distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Fe de Erratas, de la referida Ordenanza publicada el 13 de diciembre de 2008 en el Diario Oficial El Peruano, se dispone que los Parametros Urbanisticos y Edificatorios del eje vial Av. MORDAZA Olguin y de los predios ubicados en la Av. MORDAZA Olguin esquina con Av. El Derby, seran aprobados por la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, entrando en vigencia desde su aprobacion y previa puesta en conocimiento de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 42º de la Ley de Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, mediante Decreto de Alcaldia, se regulan entre otros, asuntos de orden general y de interes para el vecindario; Estando a lo expuesto y conforme a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 12602008-OAJ-MSS y en uso de las facultades establecidas en el Numeral 6, del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- NORMAS GENERALES:

1.1 Contenido: Los Parametros Urbanisticos y Edificatorios que se aprueban en el presente Decreto de Alcaldia constituyen normas especificas que reglamentan los predios ubicados en la Av. MORDAZA Olguin desde la Av. MORDAZA MORDAZA hasta la Av. El Derby y los predios ubicados en la esquina de la Av. MORDAZA Olguin y la Av. El Derby dentro del MORDAZA del Estudio de Densificacion MORDAZA Panamericana Sur - DerbyOlguin - Primera Etapa: Av. MORDAZA Olguin MORDAZA Empresarial Financiera, aprobado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA con Ordenanza Nº 1195 de fecha 12/12/08 y su fe de erratas publicada el 13/12/08.

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