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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de diciembre de 2008 385773 - A partir de las 08:00 horas del día viernes 02 de enero del 2009 hasta las 08:00 horas del día lunes 05 de enero del 2009. Artículo 2º.- Declarar ALERTA AMARILLA en los Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud ubicados en Lima Metropolitana (Lima y sus distritos) y Provincia Constitucional del Callao durante los siguientes períodos: - A partir de las 08:00 horas del día miércoles 24 de diciembre del 2008 hasta las 08:00 horas del día viernes 26 de diciembre del 2008; y, - A partir de las 08:00 horas del día miércoles 31 de diciembre del 2008 hasta las 08:00 horas del día viernes 02 de enero del 2009. Artículo 3°.- Disponer que cada Dirección de Salud, de conformidad con la Directiva Nº 036-2004-OGDN/MINSA-V.01, Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, aprobada por Resolución Ministerial Nº 517-2004/MINSA, incremente la Alerta al nivel que corresponda de acuerdo a la situación que se presente dentro de su jurisdicción. Artículo 4º.- La Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, se encargará de la coordinación sectorial para la ejecución de las acciones pertinentes, evaluación, supervisión y monitoreo de las acciones efectuadas para la aplicación de la presente Resolución. Artículo 5°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://minsa.gob.pe/portal/06transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 294035-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten la Segunda Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa en Tercera Sala Penal Liquidadora con carácter permanente y modifican la Res. Adm. Nº 208-2008-CE-PJ RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 280-2008-CE-PJ Lima, 24 de octubre de 2008CONSIDERANDO:Primero: Que, ante la aplicación progresiva del Calendario Ofi cial de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 208-2008-CE-PJ, su fecha 16 de julio del presente año, dispuso la creación, conversión y reubicación de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Arequipa; Segundo: Que, la decisión adoptada tuvo como sustento la población que comprende la referida Corte Superior, la carga procesal existente y la proyectada; así como el número de Salas y Juzgados, con la fi nalidad de optimizar los recursos humanos y de infraestructura con los que cuenta el Distrito Judicial de Arequipa; Tercero: No obstante ello, reevaluando las estadísticas de carga procesal, sobre todo en cuanto a los procesos con reos contumaces y ausentes (aparente pasivo) que constituyen también expedientes en trámite, cuyo impulso es de ofi cio orientando a evitar la impunidad, bajo responsabilidad funcional; así como teniendo en cuenta lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 177-2004- CE-PJ en lo pertinente; y siendo objetivo sustancial acercar el servicio de justicia a la población, con mayor efectividad, sin modifi car sustancialmente el desplazamiento de ésta; es necesario efectuar las precisiones respectivas; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el voto en discordia de los señores Consejeros Wálter Cotrina Miñano y Enrique Rodas Ramírez, en sesión ordinaria de la fecha, por mayoría, RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Segunda Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en la Tercera Sala Penal Liquidadora con carácter permanente, con competencia en las Provincias de Arequipa, Caylloma e Islay. La Primera Sala Penal Liquidadora Transitoria se denominará Sala Penal Transitoria en dicha materia. Artículo Segundo.- Modifi car los artículos segundo, tercero, cuarto y quinto de la Resolución Administrativa N° 208-2008-CE-PJ, de fecha 16 de julio del presente año, quedando con los siguientes textos: Artículo Segundo.- (…)PROVINCIA DE CAMANÁ: • Un Juzgado Penal Liquidador con sede en Camaná, con carácter transitorio, y competencia territorial en la mencionada provincia; así como en el Centro Poblado El Pedregal. Artículo Tercero.- (…)PROVINCIA DE CAYLLOMA: • Al Juzgado Mixto con sede en el Distrito de Majes, como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia territorial en el indicado distrito; así como en los Distritos de Huambo y Lluta. Artículo Cuarto.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de octubre de 2008, la Quinta Sala Penal de Arequipa, en el Primer, Segundo y Tercer Juzgado Penal Unipersonal, con sede en Camaná, con competencia territorial en la misma provincia; los que a su vez, cuando el sistema lo requiera conformarán el Juzgado Penal Colegiado, con competencia territorial en las Provincias de Camaná, Castilla, Condesuyos, La Unión y Caravelí, así como el Centro Poblado El Pedregal; y será itinerante a la ciudad de Aplao, Provincia de Castilla, para atender a este provincia y a Condesuyos y La Unión. Artículo Quinto.- Disponer que la Sala Mixta Descentralizada con sede en Camaná, a partir del 1° de octubre de 2008, en adición a sus funciones actuará como Sala Penal de Apelaciones, con competencia territorial en las Provincias de Camaná, Castilla, Condesuyos, La Unión y Caravelí, así como el Centro Poblado El Pedregal; y será itinerante a la ciudad de Aplao, Provincia de Castilla, para atender a esta provincia y a Condesuyos y La Unión; asimismo actuará como Sala Penal Liquidadora. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Academia de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase.SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZDescargado desde www.elperuano.com.pe