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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (25/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 25 de diciembre de 2008 386028 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en uso de las facultades establecidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias, en Sesión Ordinaria del día diecisiete de diciembre del año dos mil ocho, por unanimidad ha aprobado el Acuerdo Regional siguiente: VISTO:INFORME LEGAL Nº 948-2008-GR.PASCO de fecha 02 de diciembre de 2008, MEMORANDO Nº 1167-2008-G.R.PASCO-GGR/GRI de fecha 02 de diciembre de 2008, RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 1035 de fecha 31 de octubre de 2008, y; CONSIDERANDO:Que, por mandato constitucional, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, se dispone crear los Gobiernos Regionales, los que se crea en virtud a lo dispuesto por la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modifi cado por la Ley Nº 27902, la que establece en su artículo 39º que el Consejo Regional expresa la decisión de este órgano a través de Acuerdo Regional; Que, las atribuciones del Consejo Regional, es aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional, y , dentro de sus funciones generales de los Gobiernos Regionales, normativa y reguladora, elaborando y aprobando normas de alcance regional y regulando los servicios de su competencia; en mérito a lo dispuesto al inciso a) del artículo 15º y así mismo al inciso b) numeral 1) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, dentro de las funciones en materia de defensa civil, señala: “organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados y la rehabilitación de las poblaciones afectadas”; en mérito a lo dispuesto al inciso c) artículo 61º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Que, la exoneración de proceso de selección por Situación de emergencia, estipula que:“la situación de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o de necesidad que afecten la defensa nacional, debiendo la Entidad adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan. Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición o contratación defi nitiva. Toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la fi nalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legal sustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, así como emitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de la ejecución de las prestaciones”; en mérito a lo dispuesto al artículo 142º del reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Modifi catoria Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, teniendo como antecedentes la situación critica de la transitabilidad de la carretera Yanahuanca desvío Palca Km. (00+000-12+740), mediante Declaratorias de Emergencia como el ACUERDO DE SESION DE CONSEJO Nº 439-2007-CM-MPDC del 10 de octubre de 2007, emitido por el Consejo de Regidores de la Municipalidad Provincial de Daniel A. Carrión; ACUERDO Nº 049-2007-G.R.PASCO/CR del 20 de noviembre de 2007 y el ACUERDO N º 014-2008-G.R.PASCO del 29 de febrero de 2008 emitidos por el Magno Consejo Regional del Gobierno Regional Pasco, por la que es urgente realizar obras en forma inmediata para la recuperación de la transitabilidad, en el tramo mencionado, debido a la existencia de situaciones de alta gravedad, que de no realizarse perjudicarían a la Provincia Daniel Carrión.Que, según el Decreto Supremo Nº 057-2008-EF, el Instituto Nacional de Defensa Civil, conforme a lo dispuesto por el artículo 7º numeral 7.1 de la Directiva Nº 001-2008-EF/68.01 y mediante los Informes Técnicos Nºs. 002 y 003-2008-INDECI/14.0, determina que es procedente solicitar la incorporación de recursos destinados al alquiler de maquinarias para brindar atención inmediata a la provincia de Daniel Carrión del Departamento de Pasco; Que, mediante el INFORME Nº 027 – 2008 – G.R. PASCO – GRI/SGO-MATV de fecha 24 de abril de 2008, informan la formulación de un expedientillo denominado “RECUPERACIÓN DE TRANSITABILIDAD DE LA CARRETERA YANAHUANCA DESVIO PALCA Km.(00+000-12+740), obra que se ejecutara por emergencia, cuya modalidad será por ejecución presupuestaria directa, donde INDECI aportará el 94.46% del presupuesto y encargará al Gobierno Regional la ejecución; para cual solicitan aprobar la exoneración del proceso de selección por emergencia mediante resolución o Acuerdo de la instancia correspondiente; Que, por lo citado, el magno Consejo Regional mediante el ACUERDO Nº 043-2008-G.R.PASCO/CR de fecha 31 de octubre de 2008, APRUEBA la Exoneración del Proceso de selección la obra “Recuperación de Transitabilidad de la Carretera Yanahuanca Desvío Palca Km. (00+000-12+740)”. Basado en ello se celebró un Contrato de Alquiler de Maquinarias con la Empresa de Transportes PANDAL S.A.; pero por hechos no atribuibles a las partes, se conviene en Resolver el Mencionado Contrato de mutuo acuerdo sin perjuicio de las partes, con el fi n de no perjudicar a la población usuaria de la vía, renunciando a todo tipo de reclamaciones futuras, como se advierte en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1035-2008-G.R.PASCO/PRES del 31 de octubre de 2008. Que, como quiera que el trabajo no se concluyo y la emergencia se mantiene, mediante INFORME LEGAL Nº 948-2008- GR.PASCO/ORAJ la Ofi cina Regional de Asesoria Jurídica, opina que el Consejo Regional acuerde la Exoneración del Proceso de Selección por Situación de Emergencia para contratar los servicios de alquiler de maquinarias pesadas con la Empresa de Transporte de Equipo E.I.R.L.(TRANSEQUIP E.I.R.L.) para continuar con la obra “Recuperación de Transitabilidad de la Carretera Yanahuanca Desvío Palca Km. (00+000-12+740)”; declarada en emergencia. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21º, inciso o) concordante con el artículo 38º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, que en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del día diecisiete de diciembre del año dos mil ocho; ACUERDA:Primero.- APROBAR la Exoneración del Proceso de selección para contratar los servicios de alquiler de maquinarias pesadas con la Empresa de Transporte de Equipo E.I.R.L. (TRANSEQUIP E.I.R.L.) la obra “Recuperación de Transitabilidad de la Carretera Yanahuanca Desvío Palca Km. (00+000-12+740)”. Declarada en emergencia. Segundo.- COMUNICAR el presente Acuerdo Regional a la Contraloría General de la República y al Consejo Nacional de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, CONSUCODE, conforme a Ley. Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Gerencia Regional de Recursos Naturales a través de la Sub Gerencia de Defensa Civil velar por el cumplimiento del presente Acuerdo bajo responsabilidad. Cuarto.- ENCOMENDAR a la Gerencia Regional Infraestructura la publicación del presente Acuerdo Regional de conformidad con el Artículo 42º de la Ley 27867- Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.FÉLIX RIVERA SERRANO Presidente 294049-1