TEXTO PAGINA: 25
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 4 de enero de 2008 363055 Artículo 10º.- AEROLANE, LINEAS AEREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A. queda obligada a cumplir dentro de los plazos señalados, con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 11°.- AEROLANE, LINEAS AEREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A. deberá respetar la riqueza cultural, histórica y turística que sustenta la buena imagen del país. Artículo 12°.- El Permiso de Operación que por la presente Resolución Directoral se otorga a AEROLANE, LINEAS AEREAS NACIONALES DEL ECUADOR S.A. queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronáuticas del Perú; y, demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General; y podrá ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de la República de Ecuador, no otorgue a las líneas aéreas peruanas derechos aerocomerciales recíprocos. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO RODRIGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 144129-1 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 744-2007-VIVIENDA Mediante Ofi cio Nº 001-2008-VIVIENDA-OGA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 744-2007-VIVIENDA, publicada en nuestra edición del día 2 de enero de 2008. DICE:Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, … DEBE DECIR: Artículo Único.- Designar, a partir del 2 de enero de 2008, … 147671-1PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Conforman Salas Superiores que integran la Corte Superior de Justicia de Lima, a partir del 4 de enero de 2008 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 003-2008-P-CSJL/PJ Lima, 3 de enero del 2008 VISTA:La Resolución Administrativa Nº 001-2008-P-P-PJ, de fecha dos de enero del año en curso, expedida por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de vista la Presidencia del Poder Judicial dispuso la conformación de las Salas que integrarán la Corte Suprema de Justicia de la República para el presente Año Judicial. Que, de la conformación señalada en el párrafo precedente se advierte que los Señores doctores: Victor Raúl Mansilla Novella, José Alberto Palomino García, Claudio Luis Pedro Gazzolo Villata, Roger Williams Ferreira Vildozola, Julio Alberto Pachas Avalos, Edmundo Miguel Villacorta Ramirez, Héctor Wilfredo José Ponce de Mier, Josué Pariona Pastrana, Hugo Herculiano Principe Trujillo, Raúl Alfonso Valdez Roca, Hugo Antonio Molina Ordoñez, Vocales Superiores de este Distrito Judicial, han sido considerados como integrantes de las Salas que integran la Corte Suprema de Justicia de la República. Que, siendo esto así resulta necesario proceder a la designación de los señores Magistrados Titulares de Primera Instancia, que asumirán provisionalmente una vocalía, disposición que complementará lo dispuesto mediante Resolución Administrativa Nº 001-2008-P-CSJCL/PJ, expedida por el despacho de ésta Presidencia, debiéndose tener en cuenta para tal efecto, lo dispuesto en los artículos 90º inciso sétimo y 221º del Texto Único REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA L