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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 8 de enero de 2008 363388 d. Instituciones sin fi nes de lucro previamente autorizadas y acordadas: Las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de Cooperación Técnica Internacional, Las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) y Las Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA) debidamente inscritas en los registros que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI. En el caso de las IPREDA, sólo para casos de emergencia declarada. 5. DEFINICIONES BÁSICASPara efecto de la aplicación de la presente Directiva, deberá entenderse por: APCI : Agencia Peruana de Cooperación Internacional. ENIEX : Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional. IPREDA : Instituciones Privadas sin fi nes de Lucro Receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior ONGD : Organización No Gubernamental de Desarrollo. PO : Plan de Operaciones II. PROCEDIMIENTO PARA EL REGISTRO DEL PLAN DE OPERACIONES (PO) 1. PLAZO Y BENEFICIOSLas entidades o instituciones que fi nancian o ejecutan programas, proyectos y/o actividades de desarrollo y de situaciones de emergencia, deberán presentar el correspondiente PO, durante el mes en que se inicia su ejecución. Si el PO sufriera alguna modifi cación, la entidad o institución responsable deberá, dentro del mes de realizada la misma, actualizar la información registrada en APCI. Los benefi cios contemplados en el Decreto Legislativo Nº 783, se considerarán a partir del mes de presentación del PO, sin perjuicio de la califi cación realizada por APCI. En caso que la presentación del PO sea posterior al plazo señalado, el benefi cio referido contemplará únicamente las adquisiciones realizadas desde el mes de presentación del PO, no existiendo devolución por conceptos realizados anteriores a dicha fecha. 2. DOCUMENTACION REQUERIDAEl solicitante deberá presentar por Mesa de Partes de la APCI la siguiente documentación: 2.1 Solicitud de registro del PO o su actualización, conforme al Anexo 1 - PO que forma parte de la presente Directiva. 2.2 Plan de Operaciones del programa, proyecto y/o actividad a ejecutarse cuyo contenido será: Parte I: Datos Generales del PO:a. Título del proyecto b. Sectorc. Temad. Benefi ciariose. Unidad ejecutoraf. Fuente cooperanteg. Localizaciónh. Duracióni. Costo total del Proyectoj. Contexto Legal, señalando el Convenio, Acuerdo, Nota u otro documento con que fue aprobado el Proyecto. Parte II: Marco Lógico del Proyecto, actualizado si corresponde, conforme al Anexo 2 - PO que forma parte de la presente Directiva, que contendrá: a. Objetivo de desarrollo (Fin). b. Objetivo del proyecto (Propósito).c. Componentes o Productos.d. Actividades por Componentes. (Tareas) Parte III: Cronograma de actividades, conforme al Anexo 3 - PO que forma parte de la presente Directiva.Parte IV: Presupuestos: a. Relación de Bienes y Servicios por Componentes / Actividades y Rubros fi nanciados con los recursos de Cooperación técnica Internacional, conforme Anexo 4 - PO que forma parte de la presente Directiva. b. Presupuesto por Componente, Actividades y Fuente Cooperante Externa, conforme Anexo 5 - PO que forma parte de la presente Directiva. En el caso de emergencia declarada sólo será necesario que el PO contenga: La Parte I: Datos Generales del PO y la Parte IV: 1. Presupuesto por Componentes / Actividades y Rubros (bienes y servicios). En caso de adjuntarse la solicitud de la emisión de la constancia junto con el PO, es necesario anexar los documentos que certifi quen el recibo de la ayuda brindada. Para el caso de actualización del PO , se requerirá la información pertinente en el punto correspondiente a la modifi cación, la que deberá ser clara y precisa. No siendo necesario proporcionar información que estuviera registrada anteriormente. El presupuesto elaborado en hoja Excel y la información del PO deberán presentarse adicionalmente, en un medio magnético (diskette de 1.44 MB o CD),etiquetado detallando el nombre o razón social del solicitante, el nombre del programa, proyecto o actividad , fuente cooperante y el periodo de ejecución. Para el caso del Sector Público, Gobiernos Extranjeros y Organismos Internacionales: 2.3 Copia simple del Convenio, Acuerdo u otro documento, suscrito entre el Gobierno peruano y la fuente cooperante en el marco del cual se fi nancia el programa, proyecto y/o actividad, así como las respectivas adendas y/o modifi caciones, en caso que éstos no se encontraran en la APCI. Para el caso de ONGD y ENIEX:2.4 Copia simple del documento del Proyecto aprobado por la fuente cooperante, si no se hubiese presentado anteriormente a la APCI. 2.5 Copia simple del Convenio, Contrato, Carta de Ejecución, Minuta de Entendimiento u otro documento, suscrito con la fuente cooperante para la ejecución del programa, proyecto y/o actividad, así como las respectivas adendas y/o modifi caciones. 2.6 Copia simple del Convenio suscrito entre el solicitante y el Estado Peruano para la ejecución del programa, proyecto y/o actividad. En caso de no existir Convenio se deberá presentar la opinión favorable del: Sector que corresponda, si su ámbito de operaciones abarca más de una región o si se ejecuta en Lima Metropolitana; o, Gobierno Regional, si el ámbito de operaciones está en su jurisdicción. Excepcionalmente, se podrá recibir el cargo que acredite haber gestionado la opinión favorable, siendo indispensable la presentación de dicha opinión antes de solicitar la emisión de la constancia. Para el caso de Emergencia Declarada e IPREDA2.7 Copia del documento ofi cial mediante el cual se declara la emergencia declarada. Para el cumplimiento de este procedimiento, no es necesario volver a presentar aquella documentación que obre en poder de la APCI por algún trámite realizado anteriormente por el solicitante, siempre que los datos no hubieren sufrido variación y que se encuentren vigentes al momento de la inscripción del PO. Para acreditarlo, bastará que el solicitante entregue la copia del cargo donde conste dicha presentación, debidamente sellado y fechado por la APCI. 3 PROCEDIMIENTO3.1 Las solicitudes del registro del PO serán derivadas a la Dirección de Operaciones y Capacitación de APCI al día siguiente de su recepción por Mesa de Partes. En caso de solicitudes presentadas por Fuentes Bilaterales, Multilaterales y entidades del Estado, deberán