Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2008 (08/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 8 de enero de 2008

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO / BASE LEGAL / REQUISITOS

PAGO DE DERECHO

CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO AUTO DE EVALUACION PREVIA MATICO POSITIVO NEGATIVO

OFICINA DE INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER

RECURSOS IMPUGNATIVOS Y AUTORIDAD QUE RESUELVE

I. Magistrados: MORDAZA del Titulo de nombramiento; MORDAZA original de tiempo de servicios precisando los cargos desempenados asi como fecha de inicio y finalizacion en cada cargo; y certificacion expedida por la Academia de la Magistratura de haber aprobado los estudios de capacitacion para el ascenso, de corresponder el caso. II. Docentes universitarios: MORDAZA original de tiempo de servicios expedida por el funcionario respectivo de la Universidad, con la que se acredite que imparte catedra en materia juridica. III. Secretarios o Relatores: MORDAZA de la Resolucion de Nombramietno y MORDAZA original de tiempo de servicios, precisando los cargos desempenados asi como fecha de inicio y finalizacion en cada cargo.

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Oficina de Tramite Documentario

Pleno del CNM

Recurso de Reconsideracion contra tacha fundada. Resuelve Pleno del Consejo. Requisitos: a) Nombres y apellidos completos del impugnante. b) Numero de documento de identidad. c) Domicilio donde se le notificara. d) El acto que se recurre y las razones que sustenta el recurso. e) Lugar, fecha y firma del impugnante.

NORMAS LEGALES

2. TACHA CONTRA POSTULANTES APTOS EN EL MORDAZA DE SELECCION Y NOMBRAMIENTO DE JUECES Y FISCALES - Ley Nº 26397 Ley Organica del CNM, publicada el 07.12.1994, articulos 21º inciso a), 22º incisos a) y b). - Resolucion N° 253-2007-CNM, Reglamento de Concursos para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, publicada el 24.07.2007, Capitulo IV Gratuito Escrito del interesado dirigido al Presidente del CNM con los siguientes requisitos: a) Nombres y apellidos del tachante, documento de identidad y domicilio real en el que se efectuaran las notificaciones. Si la tacha es presentada por mas de una persona, se debe consignar los datos de cada una de ellas y senalar un domicilio comun en el que se efectuaran las notificaciones. Si la tacha es interpuesta por persona juridica, debe indicar los datos de su representante legal debidamente acreditado; b) Los nombres y apellidos del postulante tachado; c) La descripcion de los hechos y los fundamentos en que se sustenta la tacha; d) La relacion de medios probatorios. En caso de no tenerlos en su poder debera precisar los datos que lo identifiquen y la dependencia donde se encuentren; e) Lugar, fecha y firma o huella digital del presentante, en caso de no saber firmar o estar impedido, la misma que debera ser certificada por el Secretario General o funcionario autorizado; Al escrito debe acompanarse los siguientes anexos: I. MORDAZA del documento de identidad del o los tachantes. Tratandose de una tacha interpuesta por una persona juridica, debera presentar MORDAZA del documento de identidad del representante legal y del documento que acredite la representacion; II. Los medios probatorios documentales. III. Indicacion del lugar, expediente u oficina donde se encuentran los medios probatorios que no esten en poder del tachante, precisandose su contenido y acreditando su preexistencia; IV. Copias del escrito y sus anexos en numero suficiente para la notificacion del postulante sujeto a tacha. Notas: El plazo de MORDAZA de las tachas es de diez (10) dias habiles improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion en la pagina web de los resultados de los recursos de reconsideracion de aptitud. El postulante tachado debe presentar su descargo por escrito en el plazo de cinco (5) dias habiles de notificado, acompanando los medios probatorios pertinentes. El Pleno del Consejo resuelve las tachas, previo informe de la Comision Permanente. Si la tacha es declarada fundada el postulante queda excluido del concurso sin derecho a la devolucion de lo abonado por concepto de inscripcion. Contra la resolucion del Pleno que declara fundada la tacha, el postulante puede interponer recurso de reconsideracion en el plazo de tres dias habiles contados a partir del dia siguiente de su notificacion.

3. RECURSO DE RECONSIDERACION SOBRE CALIFICACION CURRICULAR DE LOS POSTULANTES APROBADOS EN EL EXAMEN ESCRITO - Resolucion N° 253-2007-CNM, Reglamento de Concurso para la Seleccion y Nombramiento de Jueces y Fiscales, publicada el 24.07.2007, articulo 37º Gratuito Escrito de Recurso de Reconsideracion dirigido al Presidente del CNM que contendra lo siguiente:

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Oficina de Tramite Documentario

Pleno del CNM

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