Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2008 (08/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, martes 8 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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funcionamiento este prohibido legalmente y constituye peligro o MORDAZA contrarios a las normas reglamentarias o produzcan olores, humos, ruidos u otros danos perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario y de la colectividad en general; Que, la Municipalidad Provincial de Barranca, debe de aplicar el Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones, y sus respectivas modificatorias, para la aplicacion de la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en la misma; Que, los Decretos Supremos N°s. 013-2000-PCM y 100-2003-PCM, que aprueban el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil y su modificatoria respectivamente, establecen las medidas de seguridad en el MORDAZA, que son complementarias para la aplicacion de la presente. Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 9°, Inc. 8, asi como el Art. 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, contando con el MORDAZA Mayoritario, se expide la siguiente; ORDENANZA Articulo 1°.- APROBAR el Reglamento para la aplicacion de las sanciones del Tapiado de los Establecimientos que ejercen actividades contrarias a la moral, las buenas costumbres, tranquilidad y salud publica, el mismo que consta de 3 (tres) Capitulo, 15 (quince) Articulos, los cuales forman parte de la siguiente Ordenanza. Articulo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinacion con la Gerencia de Servicios Publicos, Gerencia de Rentas y Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y publiquese. Dando en la MORDAZA Municipal, a los 5 dias del mes de noviembre del ano dos mil siete. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 148774-1

Organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de la correspondiente colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion"; Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economia y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administracion, con su sujecion al ordenamiento juridico. Que, de acuerdo al Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Provincial de Barranca aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 059-2007 AL/MPB corresponde a la Subgerencia de Contabilidad determinar el cumplimiento de: (Las leyes, las normas y demas disposiciones del Sistema Nacional de Contabilidad, Planificar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades de su propia Subgerencia, Revisar y analizar los estados Financieros y Presupuestales, Revisar los asientos contables mensuales y Brindar informacion contable o financiera a las areas competentes); Es necesario establecer un nivel de provision para cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la administracion es importante contar con un instrumento que analice, provisione y castigue las cuentas mencionadas; Es necesario efectuar el saneamiento de las cuentas por cobrar analizadas y determinadas por la Gerencia de Rentas, la misma que debera emitir su informacion de forma especifica determinandose para este hecho la respectiva Resolucion Gerencial de la nulidad de Cobranza Dudosa por contribuyente; Que, del Instructivo N° 03 de la provision y castigo de las cuentas incobrables dispone dictar las normas reglamentarias para la provision y castigo de las cuentas incobrables para las entidades del Sector Publico; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA MAYORITARIO de los senores Regidores, se ha aprobado la siguiente: ORDENANZA SOBRE DIRECTIVA DE PROVISION Y CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Articulo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA sobre Procedimientos de Aplicacion del Instructivo N° 03, sobre Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables de la Municipalidad Provincial de Barranca. Articulo 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. Dando en la MORDAZA Municipal, a los cinco dias del mes de noviembre del ano dos mil siete. ROMEL ULLILEN MORDAZA MORDAZA Provincial 148774-2

Aprueban Directiva sobre Procedimientos de Aplicacion del Instructivo Nº 03, sobre Provision y Castigo de las Cuentas Incobrables de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 027-2007-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de octubre del 2007, en la Estacion Orden del Dia el Proyecto de Ordenanza sobre Directiva de Provision y Castigo de las Cuentas incobrables de la Municipalidad Provincial de Barranca; CONSIDERANDO: Que, la Ley de Sistema Nacional de Contabilidad determina las funciones, objetivos y estructura de los organismos y organos componentes del Sistema Nacional de Contabilidad, los mecanismos de coordinacion de contabilidad, asi como las relaciones con otros organismos del sector publico y el sector privado; Que, de acuerdo a la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su Titulo Preliminar Articulo Primero senala "los gobiernos locales son entidades Basica de

Aprueban Reglamento de Aplicacion de Sanciones - RAS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2007-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA POR CUANTO: Visto; En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 24 de noviembre del 2007, en la Estacion Orden del Dia el

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