Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2008 (08/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 8 de enero de 2008

las que se hayan declarado improcedentes; dicha relacion no debera tener una antiguedad de una semana despues de expedida la licencia otorgada. Articulo Septimo.- Las Gerencias de Fiscalizacion y de Rentas, llevaran una base de datos de notificaciones y multas debidamente actualizada, a fin de continuar o paralizar las acciones de fiscalizacion y cobranza, respectivamente. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas que estime pertinentes para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, incluyendose dentro de estas medidas la ampliacion del plazo de vigencia senalado en el Articulo Segundo. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Economico, Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Rentas su debido cumplimiento. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 148818-1

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones establecidas en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, y el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los empleados publicos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cual consta de 62 articulos, dos disposiciones finales y una disposicion complementaria. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General disponga la publicacion del integro del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los empleados publicos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, en la pagina Web de esta corporacion MORDAZA, cuya direccion es: www.muniventanilla.gob.pe. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 148763-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL PROVINCIAS DE BARRANCA
Aprueban Reglamento para la aplicacion de sanciones del Tapiado de los Establecimientos que ejercen actividades contrarias a la moral, las buenas costumbres, tranquilidad y salud publica
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 026-2007-AL/CPB EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA POR CUANTO: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de octubre del 2007, en la Estacion Orden del Dia el Proyecto de Ordenanza de Reglamento para la Aplicacion de las Sanciones del Tapiado de los Establecimientos que ejercen Actividades contrarias a la moral, las buenas costumbres, tranquilidad y salud publica de la Municipalidad Provincial de Barranca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, preceptua que los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de servicios locales, fomentan el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion de su territorio en MORDAZA social en concordancia con lo que senala los dispositivos legales pertinentes; Que, de conformidad a los senalado en el articulo 83°, Inc. 3 de la misma Ley Organica de Municipalidades, precisa que es funcion de las Municipalidades otorgar Licencias de Apertura de Establecimientos Comerciales y de otra indole y controlar su debido funcionamiento; Que, los articulos 49° y siguientes, asi como el articulo 119° de la misma ley, senala que la autoridad municipal puede ordenar la clausura de transitoria y definitiva de edificios, establecimientos o servicios cuando su

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Aprueban Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los empleados publicos de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 395-2007/MDV Ventanilla, 31 de diciembre de 2007 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 158-2007/MDV-CDV de fecha 20 de diciembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Concejo Municipal Distrital, aprobo por unanimidad el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los empleados publicos de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; Que, el articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, senala que por Resoluciones de Alcaldia se resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Que, el objetivo del mencionado Reglamento, es establecer normas y procedimientos para propiciar, fomentar y mantener la MORDAZA en las relaciones laborales; asi como, asegurar la buena marcha y una prestacion eficiente del servicio, dentro del MORDAZA de la politica de la Municipalidad y con sujecion a los dispositivos legales vigentes; asimismo, define y determina, de manera integral y sistematizada, la normativa general sobre las condiciones a que deben sujetarse la Municipalidad y los empleados publicos en cumplimiento de sus funciones; Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades;

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