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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ENERO DEL AÑO 2008 (09/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2008 363422 República Italiana, y del Consulado General del Perú en Florencia; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA:Artículo Primero.- Crear el Consulado del Perú en San Marino, República de San Marino, con circunscripción en todo el país. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero del año dos mil ocho. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 149741-4 Designan delegación oficial que asistirá a la Ceremonia de Transmisión de Mando de la República de Guatemala RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2008-RE Lima, 8 de enero de 2008CONSIDERANDO:Que, del 13 al 15 de enero de 2008, se llevará a cabo la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial 2008 de la República de Guatemala, en la que asumirá funciones el Presidente electo Álvaro Colom Caballeros, y a la cual el Gobierno peruano ha sido invitado a participar; Que, el Gobierno peruano, a través de su Política Exterior, busca estrechar y fortalecer los vínculos de amistad y cooperación con los diversos países de la región e impulsar la integración latinoamericana; Que, el año 2007 se celebraron 150 años de establecimiento de relaciones diplomáticas con la República de Guatemala, a la cual nos unen tradicionales vínculos de amistad y cooperación; Que, el señor Presidente de la República, doctor Alan García Pérez, por motivos de agenda y compromisos previamente asumidos, no podrá asistir a dichas ceremonias, habiendo encargado asistir en su representación al señor Congresista Claude Maurice Mulder Bedoya, quien presidirá la delegación y estará acompañado del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Guatemala, y del señor Harry Gerardo Morris Abarca, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAA) Nº 0003/2008, de 3 de enero de 2008, de la Subsecretaría para Asuntos de América; De conformidad con el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la delegación ofi cial que asistirá en representación del Gobierno peruano a la Ceremonia de Transmisión de Mando de la República de Guatemala, a realizarse en la ciudad de Guatemala, del 13 al 15 de enero de 2008, la que estará conformada por los siguientes funcionarios: - Señor Congresista de la República Claude Maurice Mulder Bedoya, en representación del señor Presidente de la República, quien la presidirá; - Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Guatemala; y, - Señor Harry Gerardo Morris Abarca, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Nicaragua. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje del señor Congresista de la República Claude Maurice Mulder Bedoya, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la misma, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$Viáticos por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Claude Maurice Mulder Bedoya1,386.30 200.00 3+1 800.00 30.25 Artículo Tercero.- La participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Alfredo José Castro Pérez-Canetto, no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Cuarto.- Los gastos que irrogue la participación del señor Harry Gerardo Morris Abarca, serán asumidos por la Asignación para Gastos de Funcionamiento y Gestión de la Embajada del Perú en la República de Nicaragua, no debiendo exceder las tarifas establecidas por las normas legales vigentes. Artículo Quinto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 149741-7 Designan integrantes de la Delegación Peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre Delimitación Marítima entre Perú y Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 003-2008-RE Lima, 8 de enero de 2008Que, existe una controversia jurídica con Chile relativa a la delimitación marítima; Que, el Gobierno peruano presentará ante la Corte Internacional de Justicia una demanda para dar solución a la controversia existente sobre delimitación marítima con Chile; Que mediante Resolución Suprema Nº 357-2007-RE de 27 de diciembre de 2007, se designó al Embajador Allan Wagner Tizón como Agente Diplomático del Estado Peruano ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que es necesario designar a todos los integrantes de la Delegación peruana ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; De conformidad con los incisos l) y m) del artículo 5º