Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2008 (09/01/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

363428

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2008

de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, la Ley General de Sociedades Ley Nº 26887, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Denegar la solicitud presentada por la empresa CEMA COMUNICACIONES S.A. para la transferencia de su concesion para la prestacion del teleservicio publico movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 064-96-MTC/15.07, a favor de la empresa RADIO CEMA COMUNICACIONES S.A; por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 148748-1

Otorgan autorizacion a Empresa Multimedio Sistema de Radio y Television Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en OM, en la localidad de Sicuani - Espinar - Urcos - Marcapata - Camanti
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 006-2008-MTC/03 MORDAZA, 3 de enero de 2008 VISTA, la solicitud registro Nº 1998-00736005 de la EMPRESA MULTIMEDIO SISTEMA DE RADIO Y TELEVISION SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA mediante la cual solicita inspeccion tecnica a fin que se le otorgue autorizacion por el plazo de diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de Espinar, departamento de Cusco; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 388-97-MTC/15.19 del 13 de agosto de 1997, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 18 de agosto de 1997, se otorgo a la Empresa Multimedio Sistema de Radio y Television S.R.LTDA. (hoy EMPRESA MULTIMEDIO SISTEMA DE RADIO Y TELEVISION SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA), autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), ubicada en el distrito y provincia de Espinar, departamento de Cusco; Que, con solicitud de vista, de fecha 5 de agosto de 1998, la citada empresa solicita la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito y provincia de Espinar, departamento de MORDAZA, a fin de proseguir con el tramite de autorizacion definitiva; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables; Que, los articulos 184º y 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera

Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senalan que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, lo que sera verificado por el organo competente del Ministerio, para cuyo efecto se emitira el informe tecnico correspondiente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 388-97-MTC/15.19, si la inspeccion tecnica realizada a la estacion es favorable se le otorgara autorizacion hasta por el plazo de diez (10) anos, el cual incluira el periodo de instalacion y prueba autorizado; Que, con Informe Nº 0053-99-MTC/15.19.03.3 del 18 de febrero de 1999 emitido por la Subdireccion de Estaciones Radioelectricas de la entonces Direccion de Administracion de Frecuencias, concluye que la estacion de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), perteneciente a la EMPRESA MULTIMEDIO SISTEMA DE RADIO Y TELEVISION SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, cuya autorizacion fue otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 388-97MTC/15.19, opera con el equipamiento minimo necesario y dentro de las caracteristicas tecnicas autorizadas por lo que recomienda la continuacion del tramite de otorgamiento de autorizacion por diez (10) anos; Que, de acuerdo al Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) de la localidad de Sicuani-EspinarUrcos-Marcapata-Camanti, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 233-2005-MTC/03, las estaciones que se encuentran ubicadas en el distrito y provincia de Espinar, departamento de MORDAZA, se encuentran comprendidas dentro de dicha localidad; Que, el articulo 5º, numeral 2) del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, establece que los titulares de concesiones o autorizaciones vigentes que utilicen espectro radioelectrico, deben realizar anualmente el monitoreo de sus estaciones radioelectricas de acuerdo a los protocolos que para tal efecto dicte el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a fin de garantizar que las radiaciones que sus estaciones emitan no excedan los limites establecidos en la referida norma; Que, siendo que el informe tecnico que da cuenta de la inspeccion tecnica realizada a la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Sicuani-Espinar-Urcos-Marcapata-Camanti, departamento de MORDAZA, autorizada a la EMPRESA MULTIMEDIO SISTEMA DE RADIO Y TELEVISION SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA fue favorable, asi como, habiendo cumplido esta con las obligaciones del periodo de instalacion y prueba, procede otorgarle la autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado mediante Resolucion Ministerial N° 388-97-MTC/15.19, segun Informe Nº 1030-2007MTC/28 de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento la Ley de Radio y Television aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Onda Media (OM) de la localidad de Sicuani-EspinarUrcos-Marcapata-Camanti, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 233-2005-MTC/03, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar autorizacion a la EMPRESA MULTIMEDIO SISTEMA DE RADIO Y TELEVISION SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.