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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de enero de 2008 363641 proveedor único en los casos que por razones técnicas, se haya establecido la exclusividad del proveedor, supuesto que se confi gura en el presente caso. Atendiendo, que la causal de exoneración de proceso de selección antes indicada es aplicable para la adquisición de un terreno dedicado a la ejecución de un Complejo Ecológico Recreacional Turístico Municipal, para ponerse al servicio de los pobladores del distrito, el terreno esta ubicado en el Fundo Chinhualay Grande de propiedad de la Inmobiliaria Los Ferroles Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, de una extensión superfi cial de 26,050.00 M2 y por su características, dicho bien es único, toda vez que no existen otros inmueble que reúnan los requisitos requeridos; en cuyo caso la administración municipal podrá contratar directamente; Que, los acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de selección, salvo las previstas en el inciso d) del artículo 19º de la Ley, serán publicado en el Diario Ofi cial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su emisión o adopción, según corresponda y adicionalmente, deberán publicarse a través del SEACE; Que, el numeral 3 del artículo 20 de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son obligaciones del Alcalde, ejecutar los Acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad; Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el concejo adoptó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el siguiente: ACUERDO: Primero.– APROBAR la exoneración del proceso de selección por causal de bien que no admite sustituto y existencia de proveedor único, la adquisición del terreno ubicado en el Fundo Chinhualay Grande- Distrito de Santa Eulalia, de una extensión total de 26,050.00 M2, inscrita en la partida electrónica Nº 11047254 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima a nombre de Inmobiliaria Los Ferroles E. I. R. L. Segundo.– FACULTAR al señor Alcalde, a suscribir el contrato de compra venta, para la adquisición del terreno descrito en el numeral 1, por el monto total de $ 573,100.00 dólares americanos, suma que será cancelada de la siguiente forma: cuota inicial de $ 167,785.23 dólares americanos que será cancelado con cargo al presupuesto del año 2007 y el saldo será cancelado en 24 cuotas mensuales, con el presupuesto del año 2008 12 cuotas mensuales y con el presupuesto del 2009 12 cuotas mensuales, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Canon Hidroenergético. Tercero.– DISPONER que a través de la oficina de Secretaria General se remitan copias del respectivo acuerdo de concejo, así como del informe técnico y legal que lo sustentan, ante la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado- CONSUCODE dentro del plazo de diez (10) días hábiles siguientes a su expedición. Cuarto.– ENCARGAR a la oficina de Secretaria General disponga la publicación del respectivo Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º del Texto Unico Ordenado de la ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Quinto.– DISPONER el reporte y publicación del respectivo acuerdo de concejo en el sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones del Estado- SEACE. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.ELÍAS TOLEDO ESPINOZA Alcalde 149880-1SEPARATAS ESPECIALES MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 339-MDMM Mediante Ofi cio Nº 317-2007-SG-MDMM, la Municipalidad de Magdalena del Mar solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 339-MDMM, publicada en Separata Especial en nuestra edición del día 22 de diciembre de 2007. Anexo 01 INFORME TÉCNICO: página 360741 DICE:Limpieza Pública-Barrido de Calles (En Nuevos Soles) Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/08/2006Proyectado al 31/12/2006Variación (+) 1,990,985.29 1,326,520.59 2,266,388.00 13,832% DEBE DECIR: Limpieza Pública-Barrido de Calles (En Nuevos Soles) Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/12/2007Proyectado al 31/12/2007Variación (+) 1,990,985.29 1,326,520.59 2,266,388.00 13,832% DICE: Limpieza Pública- Recojo de Residuos Sólidos (En Nuevos Soles) Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/08/2006Proyectado al 31/12/2006Variación (+) 1,490,068.63 852,838.00 2,266,388.00 0,573% DEBE DECIR: Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/07/2007Proyectado al 31/12/2007Variación (+) 1,490,068.63 852,838.00 1,498,608.00 0,573% Serenazgo (En Nuevos Soles) DICE: Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/08/2006Proyectado al 31/12/2006Variación (+) 1,774,057.12 1,044,486.67 1,817,138.77 2,428% DEBE DECIR: Costo Anual 2007 Ordenanzas 281 y 285-MDMMEjecución al 31/07/2007Proyectado al 31/12/2007Variación (+) 1,774,057.12 1,044,486.67 1,817,138.77 2,428% 149469-1