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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2008 (10/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 93

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de enero de 2008 363631 Dejan sin efecto decretos de Alcaldía que aprobaron la creación y funcionamiento del Campo Ferial Modelo Señor de los Milagros DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000012-2007-MDSJM-A San Juan de Mirafl ores, 12 de diciembre del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Visto, el Acuerdo de Concejo Nº 000165-2007-MDSJM de fecha 5 de diciembre del 2007 referente al proyecto de mejoramiento de la Av. Defensores de Lima (Pista Nueva); CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima dentro de las obras de mejoramiento vial a ejecutarse durante el 2008 ha señalado la inclusión de las Avenidas Defensores de Lima, Los Héroes, Pachacutec entre otras, para lo cual dentro del primer tramo que signifi ca la Av. Defensores de Lima se compromete a invertir 36 millones de soles; Que, en gestiones anteriores se han desarrollado proyectos de reubicación de comerciantes informales en la berma central de la Av. Defensores de Lima (Pista Nueva), autorizando mediante Decretos de Alcaldía el uso de dicha zona, las cuales se hace necesario dejar sin efecto para el inicio de las obras por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el Artículo 83º de la Ley Nº 27972 - Ley orgánica de Municipalidades señala que son 3. Funciones específi cas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.1. Controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas, a nivel distrital, en concordancia con las normas provinciales y 3.2. Regular y controlar el comercio ambulatorio, de acuerdo a las normas establecidas por la municipalidad provincial; Estando a lo expuesto, de conformidad con la Constitución Política del Perú, los Artículos 20º Inciso 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA:Artículo 1º.- DÉJESE sin efecto a partir de la fecha los Decretos de Alcaldía Nºs. 025-96, 034-96 y 005-97 que aprobaron la creación, autorizando la organización, establecimiento, funcionamiento y ampliación del Campo Ferial Modelo Señor de Los Milagros en la berma central de la Av. Defensores de Lima (Pista Nueva). Regístrese, comuníquese y cúmplase.EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 149533-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Crean el Servicio de Voluntariado Municipal ORDENANZA Nº 0024-2007/MDSA Santa Anita, 12 de junio de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITAPOR CUANTO El Concejo Municipal del distrito de Santa Anita, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; VISTOS:El Proyecto de Creación del Servicio de Voluntariado Municipal, el Ofi cial Nº 002-2007-MGMA-SR/MDSA de fecha 24 de abril de 2007 y el Informe Nº 176-2007-GAJ/MDSA de fecha 23 de mayo de 2007; y, CONSIDERANDOQue, el referido Proyecto de Ordenanza tiene como objetivo promover el servicio de voluntariado dentro del ámbito distrital, como un programa de proyección social de la Municipalidad, con la fi nalidad apoyar a las personas o grupos de personas que así lo requieran, fomentando asimismo la práctica de los valores; Que, el servicio del voluntariado permite brindar tanto a las personas con discapacidad como a aquellas de escasos recursos económicos, la posibilidad de recibir sin costo alguno, atención médica, terapias de lenguaje y de rehabilitación física, así como charlas educativas, deportivas y de nutrición a cargo de profesionales vecinos de nuestro distrito; Que, el servicio de voluntariado puede además ser de utilidad para conformar grupos de voluntarios que colaboren con la seguridad vial, la seguridad ciudadana y el cuidado del medio ambiente, dentro del distrito de Santa Anita; Que, el Congreso de la República, con fecha 31 de mayo del 2004 aprobó la Ley General del Voluntariado Ley Nº 28238, que establece los ámbitos y acciones de la labor del voluntariado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2004- MIMDES del 17 de noviembre del 2004, se aprobó el Reglamento de la Ley General del Voluntariado; Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 2.2) del artículo 84º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que se debe reconocer y registrar a las instituciones y organizaciones que realizan acción y promoción social concertada con el gobierno local; Que, la Gerencia de Asesoria Jurídica, mediante Informe de vistos opina que el objeto del proyecto de la norma legal local materia, es la de promover la participación de los adolescentes, jóvenes profesionales y adultos mayores, en la conformación de un cuerpo de voluntarios que tendrán como misión rescatar el valor de la solidaridad con sus semejantes en el distrito, concordante con las funciones de competencia municipal establecido en el numeral 5.1 del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Estando a lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades-Ley Nº 27972, debatido en el pleno del Concejo, con la dispensa de la lectura del Acta y con el voto mayoritario de los señores Regidores se aprobó la siguiente: ORDENANZA: SERVICIO DE VOLUNTARIADO MUNICIPAL TÍTULO I DEL OBJETO, FINALIDAD Y ÁMBITO DE LA ORDENANZA Artículo 1º.- Objeto de la Ordenanza Crear el Servicio de Voluntariado Municipal y establecer las normas y procedimientos que regularán su funcionamiento en el distrito de Santa Anita. Artículo 2º.- Finalidad de la Ordenanza Promover la participación de adolescentes, jóvenes profesionales y adultos mayores, en la conformación de un