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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2008 (10/01/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de enero de 2008 363629 ORDENANZA Artículo 1º.- Aprobar la Política Ambiental Local del Distrito de Magdalena del Mar, contenida en el Anexo 01, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Aprobar el Plan de Acción Ambiental Local del Distrito de Magdalena del Mar, contenido en el Anexo 02, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Aprobar la Agenda Ambiental Local del Distrito de Magdalena del Mar, contenida en el Anexo 03, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 4º.- Gestionar la implementación participativa de la Política, el Plan y la Agenda Ambiental aprobados por la presente Ordenanza, por parte de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, las Instituciones Públicas y Privadas y organizaciones de la sociedad civil, sobre la base de una gestión ambiental compartida. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 149326-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Prorrogan vigencia de beneficio tributario establecido en la Ordenanza Nº 398-MSB DECRETO DE ALCALDÍA Nº 015-2007-MSB-A San Borja, 28 de diciembre de 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe Nº 194-2007-MSB-GR de fecha 28 de diciembre de 2007, de la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando ésta en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante la Ordenanza Nº 398-MSB, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 22 de setiembre de 2007, se otorga un benefi cio de Regularización Tributaria para los contribuyentes del distrito, hasta el 31 de octubre de 2007; Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 012-2007. MSB-A se prorrogó el plazo de vigencia del benefi cio hasta el 30 de noviembre de 2007 y, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 014-2007-MSB-A, hasta el 29 de diciembre de 2007, respectivamente; Que, a la fecha se vienen recibiendo solicitudes múltiples de vecinos que, aún teniendo intenciones de cumplir con sus obligaciones tributarias no han podido regularizar la situación actual de su predio, por lo cual resulta necesario realizar una última prórroga de la vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria establecido mediante Ordenanza Nº 398-MSB; Estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Gerencia de Asesoría Jurídica y, conforme a lo establecido en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE DECRETA:Artículo Único.- Prorrogar la vigencia del Benefi cio de Regularización Tributaria establecido en la Ordenanza Nº 398-MSB, hasta el 31 de enero de 2008. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 149715-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban el nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad ORDENANZA Nº 000053-2007-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 22 de diciembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO:Visto en Sesión ordinaria del Concejo de fecha 22 de Diciembre del 2007 la propuesta de Organigrama Funcional de la Municipalidad; CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades Distritales son Órganos de Gobiernos Locales, con personería jurídica y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Estado; Que, el Concejo es un ente autónomo que se encuentra facultado de acuerdo al artículo 9º, numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, para aprobar la organización interior y funcionamiento de la Municipalidad, cuando el caso lo amerite, debiendo para ello expedirse la Ordenanza respectiva, conforme lo señala el artículo 41º de la misma ley; Estando a lo expuesto, por votación mayoritaria de los miembros del concejo con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el nuevo Organigrama Estructural de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores de acuerdo al anexo adjunto. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planifi cación la elaboración los instrumentos de gestión respectivos (Reglamento de Organización y Funciones - ROF, Cuadro para Asignación de Personal - CAP, Presupuesto Analítico de Personal - PAP, Manual de Procedimientos Administrativos - MAPRO, Manual de Organización y Funciones - MOF) y el proyecto de reformulación del Presupuesto Institucional para el 2008, con las modifi caciones que implica la reorganización, para su respectiva aprobación. Artículo 3º.- Dejar sin efecto toda Norma que contravenga lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde