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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de enero de 2008 363628 de gestión ambiental. Estas sanciones podrán consistir en amonestaciones, el pago de multas y el cierre parcial o total de establecimientos, según se establece en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas de la Municipalidad. Artículo 32º Evaluación ambiental de proyectos de inversión Todo plan, programa o proyecto de inversión o investigación, no comprendido en el ámbito de competencias de los órganos sectoriales del Poder Ejecutivo Nacional, requerirá de un proceso de evaluación ambiental a cargo del órgano de gestión ambiental municipal que determine el Alcalde. ANEXO 2 COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL - CAM Artículo 1º De la Comisión Ambiental Municipal La Comisión Ambiental Municipal - CAM, del distrito de Magdalena del Mar, es el órgano de coordinación y concertación de la política y gestión ambiental en el ámbito del distrito de Magdalena del Mar, encargada de promover el diálogo y el acuerdo entre todos los actores locales del distrito, articulando sus políticas ambientales con la Comisión Ambiental Regional - CAR - LIMA, y el CONAM. Artículo 2º De sus funciones La Comisión Ambiental Municipal del distrito de Magdalena del Mar tiene las siguientes funciones: a. Ser la instancia de concertación de la política y sistema ambiental local en coordinación con las Comisiones Ambientales Provincial y Regional. b. Elaborar participativamente el Plan de Acción Ambiental (de largo plazo) y la Agenda Ambiental Local (de corto plazo) que serán aprobados por la Municipalidad. c. Impulsar en forma efectiva diversos mecanismos de participación de la sociedad civil en la gestión ambiental local. d. Elaborar propuestas, velar por su aplicación y evaluación y mejora continua de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales. e. Lograr compromisos concretos de las instituciones y sectores integrantes en base a una visión compartida del desarrollo sostenible local. f. Facilitar la concertación y el tratamiento apropiado para la resolución de confl ictos ambientales. g. Representar las necesidades e intereses del distrito en la gestión ambiental provincial y regional. h. Plantear las propuestas del distrito en la gestión ambiental provincial y regional. i. Canalizar la efectiva participación del sector educativo, salud, entre otros, para la difusión y ejecución de la política ambiental local. j. Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participación, coordinando con sus distintos integrantes, a favor de la gestión ambiental, en base al Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local. k. Promover la educación y la conciencia ambiental en todo el ámbito del distrito de Magdalena del Mar. Artículo 3º De sus miembros La Comisión Ambiental Municipal del distrito de Magdalena del Mar, se encuentra constituida por los siguientes miembros: 1 representante de la Municipalidad, quien la preside. 2 representantes de las Juntas Vecinales.1 representante de las ONG.1 representante del sector salud.1 representante del sector educación.1 representante del sector privado.1 representante de los colegios profesionales.1 representante de la Gobernación del distrito. Artículo 4º De su representación La Comisión Ambiental Municipal - CAM, representa a las personas, instituciones públicas y privadas con responsabilidad, competencia e interés en la problemática ambiental del distrito. Las instituciones conformantes de la CAM, deberán designar un representante titular y alterno, mediante comunicación escrita, la misma que debe ser suscrita por el directivo del más alto nivel.Artículo 5º De los instrumentos de gestión ambiental Los instrumentos de gestión ambiental distrital deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ámbito nacional, regional, y provincial, de conformidad con el Art. 26º de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental - Ley Nº 28245 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. 149325-1 Aprueban Política Ambiental Local, Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local de la Municipalidad ORDENANZA Nº 340-MDMM Magdalena del Mar, 28 de noviembre de 2007 ORDENANZA QUE APRUEBA LA POLÍTICA AMBIENTAL LOCAL, PLAN DE ACCIÓN AMBIENTAL LOCAL Y LA AGENDA AMBIENTAL LOCAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar en Sesión Ordinaria Nº 23 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2º y 67º de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, siendo el Estado el que determina la Política Nacional del Ambiente, promoviendo el uso racional de los recursos naturales; Que, el artículo 8.2 de la Ley General del Ambiente aprobada por Ley Nº 28611, decreta que las políticas ambientales locales se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; Que, el artículo 73º inciso 3.1) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por su parte, otorga a las municipalidades competencias en relación a la protección ambiental; Que, la Municipalidad de Magdalena del Mar requiere dotarse de un marco legal claro y específi co en materia de gestión ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión; Que, en ese sentido, la Municipalidad requiere contar con una planifi cación de la gestión ambiental a largo plazo, para lo cual debe elaborar su Plan de Acción Ambiental como instrumento de gestión; Que, de igual manera, esta Municipalidad requiere contar con un instrumento que permita viabilizar la ejecución del Plan de Acción Ambiental, para lo cual debe aprobar una Agenda Ambiental Local de corto plazo, como instrumento de gestión; Que, con la constitución de la Comisión Ambiental Municipal - CAM, conformada mediante Ordenanza Nº 338-MDMM e integrada por representantes de los diversos sectores que intervienen en el desarrollo local, se inició un proceso de concertación para la gestión ambiental compartida, lo que ha permitido un espacio de diálogo y discusión de la problemática del distrito y particularmente de la situación ambiental, que tiene como uno de sus productos iniciales el Plan de Acción Ambiental Local y la Agenda Ambiental Local; Que, es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una gestión ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones de protección ambiental para mejorar la calidad de vida de los pobladores del distrito de Magdalena del Mar; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: