Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2008 (22/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de enero de 2008

Que, en el Capitulo V articulo 80º Inciso h) de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, se establece como una de las funciones del Ministerio de Educacion el definir las politicas sectoriales de personal; Que, el articulo 10º, numeral 10.3 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion, establece "Las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y los sistemas administrativos del Estado, referidos a presupuesto, tesoreria, contaduria, credito publico, inversion publica, contrataciones y adquisiciones; personal y su control, por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio para todos los niveles del gobierno..."; Que, el articulo 4º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo disena y supervisa las politicas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; asimismo, los articulos 45º literal a) MORDAZA acapite y 8º numeral 11 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modificatorias, establecen que los Gobiernos Regionales, definen, MORDAZA dirigen y gestionan sus politicas regionales y ejercen sus funciones generales y especificas en "Concordancia de las politicas nacionales y sectoriales" y "Las politicas de los Gobiernos Regionales guardan concordancia con las politicas nacionales de Estado"; Que, segun lo establecido en el Articulo 8º del Capitulo III "Acceso al Empleo Publico" de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, el procedimiento de seleccion para el acceso al empleo publico, se inicia con la convocatoria que realiza la Entidad y culmina con la resolucion correspondiente y la suscripcion del contrato; Que, de acuerdo a lo senalado en el numeral 9.5 del articulo 9º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, dentro de las disposiciones de racionalidad y disciplina presupuestaria, todo pago debe realizarse de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente; Que, de acuerdo al articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2008-ED se establece como requisito fundamental para ser contratado como docente a partir del ano lectivo 2008 en las Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico - Productiva, ser profesor egresado, dentro del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria y facultades de Educacion de las Universidades del Pais; asimismo en las localidades donde no se logre cubrir las plazas vacantes con profesores pertenecientes al MORDAZA superior, pueden postular los profesores que hayan egresado dentro del 50% superior del cuadro de meritos promocional de las Instituciones de Educacion Superior No Universitaria y facultades de Educacion de las Universidades del Pais; Que, el articulo 2º del referido dispositivo, dispone que la Unidad de Personal de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Educacion, incorpore en la Directiva para contratacion de personal docente, lo dispuesto en el considerando anterior; Que, el inciso b) del Articulo 63º del Decreto Supremo Nº 006-2006-ED de fecha 20 de febrero del 2006 establece las funciones de la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion, entre otras, "Administrar y evaluar los procesos tecnicos y acciones de personal", y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510; Ley Nº 29142 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008" y los Decretos Supremos Nº 004-2008-ED, Nº 006-2006ED y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2008ME/SG-OGA-UPER, de fecha 18 de Enero del 2008, "Normas y procedimientos para acceder a una plaza docente mediante contrato en Educacion Basica (Regular, Alternativa y Especial) y Educacion Tecnico Productiva en

el periodo lectivo 2008, la cual forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion y su Directiva son de observancia y cumplimiento obligatorio en todas las instancias de gestion educativa descentralizada senaladas en el articulo 65º de la Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MAGNET MORDAZA MORDAZA Jefa de la Unidad de Personal DIRECTIVA Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA ACCEDER A UNA PLAZA DOCENTE MEDIANTE CONTRATO EN EDUCACION BASICA (REGULAR, ALTERNATIVA Y ESPECIAL) Y EDUCACION TECNICO PRODUCTIVA EN EL PERIODO LECTIVO 2008 I. FINALIDAD Establecer normas y procedimientos referidos a la evaluacion de profesores para acceder a una plaza docente mediante contrato (servicios personales) en las instituciones educativas publicas del nivel de educacion basica (regular, alternativa y especial) y educacion tecnico productiva. II. OBJETIVO 1. Cautelar con equidad y justicia el cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas relacionadas con la contratacion de personal docente por servicios personales en las Instancias de Gestion Educativa y de Ejecucion Descentralizadas de los Gobiernos Regionales, garantizando la seleccion de personal, asegurando el contrato oportuno y el pago de remuneraciones de los servidores. 2. Establecer los criterios tecnicos para efectuar el MORDAZA de evaluacion para la contratacion de personal calificado, con el objeto de fortalecer y garantizar la calidad del servicio educativo en las instituciones educativas publicas del pais. III. ALCANCE Profesores y personal calificado para contrato docente en las Instituciones Educativas Publicas de los Niveles:
· Educacion Inicial Educacion Primaria (Menores y Adultos) Educacion Secundaria (Menores, Adultos y Ocupacional) Educacion Basica Alternativa: PEBANA, PEBAJA Educacion Basica Especial Educacion Tecnico Productiva: CETPRO Educacion Basica Regular:

· · ·

IV.

AMBITO DE APLICACION

· Ministerio de Educacion · Direcciones Regionales de Educacion · Unidad de Gestion Educativa Local · Instituciones Educativas Publicas V. BASE LEGAL · Constitucion Politica del Peru. · Ley Nº 28044, Ley General de Educacion. · Ley Nº 29062 Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial. · Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico. · Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. · Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008.

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