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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2008 364835 1.3 Aspectos de la Evaluación de Expediente a) FORMACIÓN PROFESIONAL: Títulos y Grados Académicos (Hasta 40 puntos) - Título en Educación de Segunda Especialidad 20 puntos - Título Profesional Pedagógico en Educación Bilingüe 10 puntos - Título Profesional Universitario no Pedagógico 10 puntos - Grado de Maestría en Educación 10 puntos - Estudios concluidos de Maestría en Educación (solo si no tiene grado) 05 puntos - Grado de Doctor 10 puntos - Estudios concluidos de Doctor (solo si no tiene grado) 05 puntos b) EXPERIENCIA DOCENTE (Hasta 20 puntos) - En la ciudad capital de Región, Lima Metropolitana o Callao: Por cada año de servicios 01 punto - En la ciudad capital de provincia no comprendida en el literal anterior: Por cada año de servicios 02 puntos - En otros lugares no comprendidos en los literales a) y b) que anteceden: Por cada año de servicios 03 puntos Por cada diez (10) meses de servicio efectivo continuos o acumulativos desde la fecha de obtención del título profesional se considera un año. (no incluye los meses de enero y febrero). c) DESEMPEÑO LABORAL (Hasta 05 puntos) - Bueno 04 puntos - Excelente 05 puntos d) CAPACITACION Y ACTUALIZACION (Hasta 20 puntos) Por cada 40 horas cronológicas de Capacitación en Educación 02 puntos (Máximo 400 horas) Para la evaluación de este aspecto, solo se consideran los certifi cados que tengan una antigüedad igual o menor a tres (03) años al 31/12/07. e) MERITOS Y PRODUCCIÓN INTELECTUAL (Hasta 15 puntos) - Felicitación por Resolución Directoral otorgado por logros pedagógicos en los últimos tres (03) años al 31/12/07 en la DRE / UGEL 02 puntos (hasta un máximo de 06 puntos) - Producción Intelectual 1. Obras cientí fi cas o literarias 08 puntos 2. Textos escolares 06 puntos 3. Libros de cultura general 06 puntos 4. Trabajos de investigación publicados 05 puntos 5. Artículos educativos con texto no menor de una página A-4 publicados en diarios de circulación nacional o revistas especializadas (0.5 puntos cada uno hasta un máximo de 04 puntos). Para la producción intelectual señalada en los numerales 1, 2 y 3 debe acreditarse el Depósito Legal a la Biblioteca Nacional. Para la evaluación de este aspecto, solo se considera la producción intelectual con un antigüedad no mayor a cinco (05) años. 1.4 De la Adjudicacióna) El Comité de Evaluación consolida el puntaje obtenido en cada uno de los aspectos de la evaluación del expediente, y determina el puntaje fi nal que le corresponde a cada uno de los postulantes, teniendo en consideración que el Título Profesional en Educación es obligatorio para el desempeño del cargo en el nivel de educación básica (regular, alternativa y especial) y educación técnico productiva. b) El Comité de Evaluación publica el cuadro de méritos por niveles, modalidades y especialidades, a fi n de proceder con la adjudicación, el mismo que contiene la información detallada en el Anexo 2 de la presente Directiva. c) El Comité de Evaluación adjudica en acto público las plazas vacantes, para lo cual mediante nota de prensa y avisos colocados en el panel informativo de la institución educativa, señala el lugar, día y hora en que se lleva a cabo dicha adjudicación, la misma que se efectúa dentro de las 24 horas después de haber concluido la atención de los reclamos. 2. SEGUNDA ETAPASolo se realizará en los casos que existan plazas vacantes desiertas luego de culminada la primera etapa. En esta etapa participan los postulantes que hayan egresado dentro del 50% superior del cuadro de méritos promocional de las instituciones de Educación Superior No Universitaria o facultades de educación de Universidades del País, y se desarrolla en la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local según corresponda. Los profesores que no logren ser adjudicados con alguna plaza vacante ni que hayan participado en la Primera Etapa, pueden participar en la presente etapa, debiendo participar necesariamente en la prueba de conocimientos y capacidades. 2.1 Requisitos para postular en esta etapa:- Solicitud dirigida al Director de la DRE / UGEL según corresponda, indicando sus datos personales. - Título Profesional en Educación en la especialidad y modalidad requerida para el cargo y naturaleza de la plaza. - Copia del documento de identidad (DNI), Carné de Identidad o de Extranjería - Certifi cado o constancia de pertenecer al 50% superior del cuadro de méritos promocional otorgado por la Institución de Educación Superior No Universitaria o facultades de Educación de las Universidades del País, a falta de lo solicitado, el postulante presenta una declaración jurada, la cual está sujeta a fi scalización posterior. - Currículum Vitae documentado.- Constancia de desempeño laboral de la institución educativa donde presto servicios durante el 2007, suscrita por el directo y el CONEI. - Constancia que acredite discapacidad, de acuerdo a lo señalado en el numeral 18 del Capítulo VI de la presente Directiva. - Declaración Jurada de acuerdo al formato adjunto manifestando: o Tener buena conducta y gozar de buena salud física y mental. o No haber sido destituido o no estar cumpliendo sanción disciplinaria. o No tener antecedentes penales por delitos dolosos.o Régimen Pensionario : ONP / Afi liación AFP. 2.2 De la prueba de conocimientos y capacidadesa) Deben inscribirse en la Dirección Regional de Educación o Unidad de Gestión Educativa Local, según corresponda, donde se encuentre la institución educativa en la que desee laborar, con la documentación requerida en el numeral anterior de la presente Directiva. b) La prueba de conocimientos y capacidades será sobre 100 puntos y está referida a los siguientes aspectos: • Competencias Básicas de lectura y razonamiento lógico matemático 30 puntos • Conocimientos pedagógicos y curriculares 35 puntos • Conocimientos de la especialidad 35 puntos