Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2008 (22/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, martes 22 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

364847

Articulo Segundo.- DESIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA BADILLO como Juez Suplente del Tercer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Administracion Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los Magistrados para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 154813-1

Articulo Primero.- Convocar a la Tercera Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo". Articulo Segundo.- Declarar abierta la etapa de recepcion de candidaturas a partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion hasta el 22 de febrero del 2008. Cualquier persona, grupo de personas o instituciones podra presentar a la Defensoria del Pueblo candidatos o candidatas para la concesion de la medalla, dicha MORDAZA debera cumplir con lo establecido por la Resolucion Defensorial Nº 010-2006/DP, y en las Bases para la Tercera Entrega de la Medalla "Defensoria del Pueblo" que sera publicada en el MORDAZA Web institucional. Articulo Tercero.- La convocatoria sera publicada en el MORDAZA Web de la Defensoria del Pueblo (www. defensoria.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 153954-1

ORGANISMOS AUTONOMOS DEFENSORIA DEL PUEBLO
Convocan a la tercera entrega de la medalla "Defensoria del Pueblo"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 003-2008/DP MORDAZA, 18 de enero de 2008 VISTO: La Resolucion Defensorial Nº 010-2006/DP del 15 de febrero del 2006, mediante la cual se crea el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo"; y, CONSIDERANDO: Que, la Defensoria del Pueblo es un organismo constitucional MORDAZA, que tiene encomendada la defensa de los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, asi como la supervision del cumplimiento de los deberes de la administracion estatal y de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y por la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; Que, la Defensoria del Pueblo considera de especial interes institucional promover aquellas acciones que contribuyan a generar un cambio cultural en la sociedad y en el Estado peruano, que nos permita avanzar como comunidad y organizacion juridica, en la consolidacion de nuestra institucionalidad democratica y la vigencia efectiva de los derechos humanos; Que, mediante Resolucion Defensorial Nº 010-2006/ DP del 15 de febrero del 2006, la Defensoria del Pueblo creo un Premio Nacional destinado a expresar publico reconocimiento a aquellas personas o instituciones que hayan destacado significativamente en la promocion, defensa y consolidacion del orden constitucional, la institucionalidad democratica y la vigencia de los derechos humanos; Que, la referida resolucion senala que el Premio Nacional "Defensoria del Pueblo" sera concedido anualmente por la Defensoria del Pueblo, a una o mas personas naturales o instituciones, nacionales o extranjeras; Que, cualquier persona, grupo de personas o instituciones podran presentar a la Defensoria del Pueblo candidaturas, las mismas que deberan estar debidamente sustentadas y documentadas con informacion acerca de la trayectoria, trabajo y contribucion o aporte a la institucionalidad democratica y vigencia de los derechos humanos;

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Establecen tramitacion y emision gratuita del DNI en la modalidad de inscripcion por primera vez para beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo Directo a los mas Pobres JUNTOS
RESOLUCION JEFATURAL Nº 021-2008/JNAC/RENIEC MORDAZA, 18 de enero de 2008. VISTOS: La Resolucion Jefatural Nº 014-2008/JNAC/RENIEC, el Oficio Nº 040-2008-GRIAS/ RENIEC, el Informe Nº 022008-GRIAS/RENIEC, la Resolucion Ministerial Nº 3452007-PCM y el Informe Nº 053 -2008-GAJ/RENIEC; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispuesto en el articulo 183º de la Constitucion Politica del Estado corresponde al RENIEC emitir los documentos que acrediten la identidad de las personas, habiendo implementado con tal proposito una politica social de acercamiento a la ciudadania orientada a atender las necesidades de documentacion de la poblacion menos favorecida y en situacion de vulnerabilidad; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 772-2005JEF/RENIEC, del 11 de MORDAZA de 2005, se aprobo el "Plan Nacional de Restitucion de la Identidad: Documentando a las personas Indocumentadas", a ejecutarse dentro del periodo 2005-2009; Que, dicho Plan Nacional analiza la problematica de indocumentacion que afronta los diversos grupos vulnerables, entre los que destacan las personas en situacion de pobreza, las ninas, ninos y adolescentes, estableciendo tacticas que faciliten su documentacion, destacando entre estas el desarrollo de campanas de expedicion del Documento Nacional de Identidad; Que, en el MORDAZA del Plan Nacional para la Superacion de la Pobreza, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 062-2005PCM, se creo el Programa Nacional de Apoyo Directo

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