Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 2008 (22/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 22 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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VISTOS La Resolucion Administrativa Nº 255-2007-P-CSJLI/ PJ, de fecha 18 de octubre de 2007 y el oficio Nº 1462008-A-CSJLI/PJ, de fecha siete de enero del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la resolucion de vistos se designo a los magistrados encargados de efectuar el endoso de los Certificados de Deposito Judicial sin expediente judicial a la vista a favor de la Sub Gerencia de Tesoreria del Poder Judicial, en el Area Penal, Civil, Laboral, de Familia y los provenientes de los Juzgados de Paz Letrados, conforme a lo dispuesto en la Resolucion Administrativa Nº 1092003-P-PJ , de fecha 6 de junio de 2003. Que, sin embargo los magistrados designados han presentado observaciones verbales a este Despacho; asimismo, la Oficina de Administracion Distrital, informa mediante el oficio de vistos, que existe renuencia a su recepcion y endoso en algunos casos, optando por remitirlos a este Despacho para canalizar el respectivo endoso de los Certificados de Deposito Judicial. Que dicha actitud se debe a la posible afectacion de derechos constitucionalmente reconocidos e irrenunciables, que podrian ser afectados de procederse al endoso, ademas de existir una posible contradiccion en el tramite y presupuesto establecidos en el primer parrafo

de la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Final del Codigo Procesal Civil, por lo que esta Presidencia considera necesario que preventivamente y a afectos de no incurrir en responsabilidad y/o afectacion de derechos, se suspenda la vigencia de la Resolucion Administrativa Nº 255-2007-P-CSJLI/PJ hasta que se emita MORDAZA pronunciamiento expreso en contrario; siendo ademas necesaria la inmediata constitucion de una comision conformada por especialistas en las areas especificadas en la resolucion aludida, quienes deberan pronunciarse sobre las observaciones, asi como efectuar modificaciones, la adecuacion y/o derogacion de la resolucion en referencia, pudiendo ademas presentar una propuesta susceptible de ser elevada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para su evaluacion. Por lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el articulo 90 incisos 3) y 9) del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- SUSPENDER la vigencia de la Resolucion Administrativa Nº 255-2007-P-CSJLI/PJ hasta que se emita nueva disposicion en contrario. Articulo Segundo.- CONSTITUIR una comision que se pronunciara sobre las observaciones que se adviertan, asi como efectuar modificaciones, la adecuacion y/o derogacion de la resolucion en referencia; pudiendo ademas presentar una propuesta susceptible de ser

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Oficial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 paginas, el contenido del disquete o correo electronico sera considerado MORDAZA fiel del original para su publicacion. 5.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 6.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de 7 puntos. LA DIRECCION

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