TEXTO PAGINA: 21
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2008 364843 trabajadores en este Poder del Estado que suspendieron sus labores por motivos de huelga; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto en discordia del señor Francisco Távara Córdova, por mayoría; RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que el período de días no laborados por los trabajadores del Poder Judicial que acataron la huelga, se sujetará al siguiente procedimiento; 50% de días no laborados se compensarán extendiendo en dos horas el horario de salida, de lunes a viernes, con atención al público. 50% de días no laborados serán descontados en la planilla de cada mes, incluyendo la remuneración y el bono por función jurisdiccional, calculando el monto a descontar individualmente para cada trabajador y dividiéndolo en 12 armadas iguales. Artículo Segundo.- Aprobar la Directiva Nº 001- 2008-CE-PJ, denominada “Medidas con Relación a la Paralización de Labores entre el 26 de noviembre de 2007 y el 06 de enero de 2008”, la misma que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- La Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y las Ofi cinas Distritales de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país, adoptarán las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Artículo Cuarto.- La presente resolución entrará en vigencia, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.ANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ El voto del señor Francisco Távara Córdova, es como sigue: Voto del doctor Francisco Távara Córdova CONSIDERANDO:Primero: Que, la premisa de toda relación laboral, es que el pago corresponde a la contraprestación al trabajo efectivo realizado; Segundo: Que, como consecuencia de la huelga que parte de los trabajadores de este Poder del Estado acataron, las labores jurisdiccionales se vieron afectadas parcialmente (pues la paralización no fue acatada por la totalidad de los trabajadores de las distintas Cortes Superiores de Justicia) en el período comprendido del 26 de noviembre del año próximo pasado al 06 de los corrientes; Tercero: Que, a fin de dar solución al conflicto laboral se suscribieron el acta de fecha 04 de diciembre de 2007 entre representantes del Poder Judicial con la Comisión de Negociación del Comité Nacional de Lucha de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, así como el acta de fecha 06 de los corrientes con el Comité Nacional de Lucha representados por los Sindicatos de Trabajadores de las Bases de Lambayeque, Ica, Arequipa, Lima Norte, Ancash, Callao, Lima, Moquegua, Huaura, Junín, Cajamarca, Santa, Apurímac, Huancavelica, Loreto, Ucayali y Piura; Cuarto: Que, en tal sentido, habiéndose reiniciado las labores jurisdiccionales, resulta conveniente establecer el procedimiento respectivo por el cual se compensarán las horas dejadas de laborar; En consecuencia, mi voto es porque el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial expida resolución en el siguiente sentido: Primero.- Disponer que los días no laborados por los trabajadores del Poder Judicial que acataron la huelga, del 26 de noviembre de 2007 al 06 de enero de 2008, se sujete al siguiente procedimiento: 75% de días no laborados se compensarán extendiendo en dos horas el horario de salida, de lunes a viernes, con atención al público. 25% de días no laborados serán descontados mensualmente en la planilla de remuneraciones de cada trabajador, en doce cuotas iguales. Segundo.- Encargar a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y a las Ofi cinas Distritales de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país, la verifi cación del estricto cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Lima, 14 de enero de 2008FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA Presidente Nota.: La “Directiva Nº 001-2008-CE-PJ, denominada “Medidas con Relación a la Paralización de Labores entre el 26 de noviembre de 2007 y el 6 de enero de 2008” ”, está publicado en la página web del Poder Judicial, portal de internet www.pj.gob.pe. 154815-3 Reprograman vacaciones de magis- trados y personal auxiliar de los órganos jurisdiccionales de las Cortes Superiores de Justicia, las mismas que se efectivizarán durante febrero y marzo de 2008 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 007-2008-CE-PJ Lima, 14 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 261-2007-CE-PJ, de fecha 13 de noviembre de 2007, dispuso que las vacaciones en el Año Judicial 2008, para magistrados y personal auxiliar se hagan efectivas del 1 de febrero al 1 de marzo del presente año; Segundo: Que, asimismo, por Resolución Admi- nistrativa Nº 099-2007-CE-PJ, de fecha 16 de mayo de 2007, aprobó el Plan Nacional de Descarga Procesal, el mismo que consta de tres etapas: Depuración y Actualización de Expedientes Judiciales, Inventario de Expedientes Principales y Cuadernos, y Descarga Procesal;