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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2008 364842 Quinto Juzgado Especializado Penal Transitorio, en Juzgado Especializado Penal Transitorio del Distrito de Villa María del Triunfo, dentro de la competencia territorial del Módulo Básico de Justicia. Artículo Cuarto.- Disponer las siguientes acciones: El Juzgado Mixto de La Molina - Cieneguilla, remita todos los expedientes penales en trámite y los expedientes reservados, al Juzgado Especializado Penal Transitorio de La Molina - Cieneguilla. El Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de San Juan de Lurigancho, remita todos los expedientes penales en trámite ingresados hasta diciembre de 2006 y los expedientes reservados, al Juzgado Especializado Penal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho. El Juzgado Penal del Módulo Básico de Justicia de Villa María del Triunfo, remita todos los expedientes penales en trámite ingresados hasta diciembre de 2006 y los expedientes reservados, al Juzgado Especializado Penal Transitorio del Distrito de Villa María del Triunfo. No serán objeto de remisión, los expedientes que tengan señalados día y hora para expedir sentencia. Artículo Quinto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima a adoptar las medidas pertinentes, para que los mencionados órganos jurisdiccionales cumplan debidamente su labor de descarga procesal; dando cuenta bimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial del número de procesos resueltos. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVASONIA TORRE MUÑÓZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 154815-1 Convierten la Sala Especializada de Familia Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima en permanente RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 287-2007-CE-PJ Lima, 18 de diciembre del 2007VISTOS:El Ofi cio Nº 199-2007-CED-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente del Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, y el Ofi cio Nº 1989-2007-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 105-2006-CE-PJ creó la Sala Especializada de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, con carácter transitorio; prorrogándose su funcionamiento por el período de tres meses por Resolución Administrativa Nº 239-2007-CE-PJ por tres meses; en tanto se efectuaba los estudios respectivos para determinar su conversión en órgano jurisdiccional permanente;Segundo: Que la Corte Superior de Justicia de Lima, cuenta con una Sala Especializada de Familia permanente para atender la carga procesal que se origina por recursos de apelación y consultas provenientes de 22 Juzgados Especializados de Familia y 15 Juzgados Mixtos; Tercero: Que, la Gerencia General mediante Informe Nº 203-2007-SEP-GP-GG-PJ opina que es factible la conversión de la Sala Especializada de Familia transitoria en permanente; y teniendo en consideración que la familia constituye la célula básica de la sociedad y todos los problemas que atañen a la misma, así como a los niñas, niñas y adolescentes tienen que ser atendidos con prontitud, resulta procedente la propuesta presentada; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad, RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Sala Especializada de Familia Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, en permanente; denominándose Segunda Sala Especializada de Familia de la mencionada sede judicial. La actual Sala Especializada de Familia se convertirá en Primera Sala Especializada de Familia. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Consejo Nacional de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 154815-2 Aprueban Directiva “Medidas con Relación a la Paralización de Labores entre el 26 de noviembre de 2007 y el 06 de enero de 2008” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 006-2008-CE-PJ Lima, 14 de enero de 2008CONSIDERANDO:Primero: Que, habiéndose producido la paralización de labores durante el período comprendido entre el 26 de noviembre de 2007 al 06 de enero del presente año, con motivo de la huelga acatada por parte de los trabajadores del Poder Judicial, resulta necesario establecer el procedimiento y oportunidad para la compensación de horas y descuento por los días no laborados; Segundo: Que, en tal sentido es del caso aprobar la Directiva denominada “Medidas con Relación a la Paralización de Labores entre el Período 26 de noviembre de 2007 y el 06 de enero de 2008”, la misma que será de aplicación y estricto cumplimiento de todos los