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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de enero de 2008 364838 La renuncia o retiro voluntario del docente, la que deberá ser comunicada con una anticipación de 15 días, salvo exoneración expresa de la Instancia de Ejecución Descentralizada del Gobierno Regional. El vencimiento del plazo de contrato. El mutuo acuerdo entre las partes. CLÁUSULA SETIMA.- Son causales de resolución del contrato: El Incumplimiento de los deberes, funciones y obligaciones establecidas en la Ley Nº 29062 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2008-ED El abandono de cargo. La inefi ciencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo. Desplazamiento de personal titular (nombrado) por racionalización, rotación, reasignación, reingreso o nombramiento. Disminución de las metas de atención. La inobservancia de lo establecido en el Código de Ética de la Función Pública, y en la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual. Falsedad o irregularidad comprobada de la documentación presentada en el proceso de evaluación de contrato. CLÁUSULA OC TAVA.- El presente contrato se formalizará mediante la resolución administrativa correspondiente, y es vigente en el plazo estipulado en la cláusula tercera del presente contrato. CLÁUSULA NOVENA.- Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales del domicilio de la Instancia Ejecución Descentralizada del Gobierno Regional....................... El presente contrato se suscribe en dos ejemplares del mismo tenor, en señal de conformidad y aceptación, en ..............................., el ......... de ...................... del 2008 LA INSTANCIA DE EJECUCIÓN EL PROFESOR DESCENTRALIZADA DEL GOBIERNO REGIONAL......................... PROCESO DE CONTRATACIÓN PERSONAL DOCENTE DECLARACIÓN JURADA Yo, ..................................................................., identifi cado con D.N.I. ......................, en cumplimiento de lo dispuesto por la Directiva Nº - 2008-ME/SG-OGA-UPER “Normas y Procedimientos para acceder a una plaza docente mediante contrato en Educación Básica (Regular, Alternativa y Especial) y Educación Técnico Productiva en el período lectivo 2008”, encontrándome postulando a una plaza vacante para ejercer la docencia en condición de contratado, declaro bajo juramento lo siguiente: • Mi domicilio real está ubicado actualmente en:............................................................................................................................... ....................................... • Me encuentro en buen estado de salud física que me permite ejercer la docencia SI ( ) NO ( ) • Me encuentro en buen estado de salud mental que me permite ejercer la docencia SI ( ) NO ( ) • Haber sido destituido SI ( ) NO ( )• Estar cumpliendo sanción disciplinaria SI ( ) NO ( )• Estar incurso en proceso penal por delito doloso SI ( ) NO ( )• Pertenezco al Régimen Pensionario: D.L. 19990 ( ) AFP. ( ) ........... Fecha de a fi liación: .........................................., CUSPP : ............................ Los datos proporcionados en la presente declaración son verdaderos, por lo que me someto a las sanciones administrativas, civiles y/o penales que correspondan, en caso que se encuentre adulteración y/o falsedad en la misma, vulnerando así el principio de Presunción de Veracidad que rige los procedimientos administrativos, conforme a lo previsto en el numeral 1.7 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”. Lugar ........................., día ........, mes .................., año ........ ____________________ Firma del Postulante DNI Nº ...................... 154816-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a devolución del IGV e IPM a favor de Minera Antares Perú S.A.C., durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2008-MEM/DM Lima, 16 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 082-2002-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27623, modifi cada por la Ley Nº 27662, que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6º del citado Reglamento estipula que el detalle de la lista de bienes y servicios se aprobará mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprobó la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; Que, Minera Antares Perú S.A.C. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Ofi cio Nº 368-2007-EF/15.01 de fecha 5 de diciembre de 2007, emitió opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por Minera Antares Perú S.A.C. considerando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios aprobados por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, adecuado al Arancel de Aduanas vigente; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado