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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de febrero de 2008 366493 RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la reformulación del Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para el Programa de Asistencia a procesados de los Establecimientos Penitenciarios del Distrito Judicial de Lima a celebrarse entre el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y el Colegio de Abogados de Lima, en los términos expuestos en el Informe Nº 153-2007-JUS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del referido Despacho Ministerial y en informe de la señorita Consejera Sonia Torre Muñóz; delegándose al señor Presidente del Poder Judicial a suscribirlo y a establecer las modifi caciones que resulten necesarias para su adecuada ejecución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia, Junta de Decanos de los Colegio de Abogados del Perú y Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAANTONIO PAJARES PAREDESJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑOZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 163943-3 Precisan fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la provincia de Ilo, Distrito Judicial de Moquegua RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 036-2008-CE-PJ Lima, 6 de febrero de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 375-2008-P-CSJMO-PJ, cursado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua; y, CONSIDERANDO:Primero: Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha 22 de enero del año en curso, dispuso la creación, conversión y prórroga de órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna, para la implementación del Código Procesal Penal; Segundo: Que, al respecto, la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua solicita que se modifi que la fecha de entrada en funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Ilo; y formula consulta respecto a si la Sala Penal de Apelaciones y el Juzgado Penal Colegiado podrán desplazarse a otras sedes judiciales; Tercero: Que, para una óptima implementación del nuevo ordenamiento procesal penal en el Distrito Judicial de Moquegua, resulta necesario modifi car la fecha de funcionamiento del Juzgado Penal Liquidador de la Provincia de Ilo; precisándose que la Sala Penal de Apelaciones y el Juzgado Penal Colegiado tendrán su sede en la ciudad de Moquegua; En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de licencia, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad,RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Ilo, Distrito Judicial de Moquegua, creado mediante Resolución Administrativa Nº 013-2008-CE-PJ, de fecha 22 de enero pasado, entrará en funcionamiento a partir del 15 de marzo del presente año. Artículo Segundo.- En cuanto a la consulta formulada por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Moquegua: Estése a lo dispuesto por la mencionada resolución administrativa en sus propios términos. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Moquegua y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS.FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVAJAVIER ROMÁN SANTISTEBANSONIA TORRE MUÑÓZWÁLTER COTRINA MIÑANOLUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 163943-1 Autorizan la reunión de Presidentes y Administradores de las Cortes Superiores de Justicia de la República denominada “Encuentro 2008 con Presidentes de Cortes Superiores de Justicia”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 041-2008-CE-PJ Lima, 6 de febrero de 2008 VISTO:El Ofi cio Nº 210-2008-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, relacionado a la reunión de Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Poder Judicial es una Institución autónoma con vocación de servicio, que se encuentra en proceso de cambio, destinado a la modernización de la administración de justicia, refl ejando sus acciones en la búsqueda de seguridad jurídica, administrativa y tecnológica, cuyas actividades deben coordinarse de modo muy estrecho con los Presidentes de las Cortes Superiores; Segundo: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 161-2004-CE-PJ, de fecha 2 de setiembre del 2004, este Órgano de Gobierno aprobó la Directiva Nº 009-2004-GG-PJ, “Reunión Anual de Presidentes de Cortes Superiores de Justicia”; Tercero: Que, a la fecha el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto un conjunto de acciones destinadas a mejorar el acceso a la justicia, modernizar el funcionamiento de los despachos judiciales, replantear la estructura administrativa y de gestión, contar con profesionales idóneos y un cuadro de auxiliares jurisdiccionales con un perfi l ético y profesional que satisfaga la correcta impartición de justicia; acciones que requieren su adecuada difusión en todos los Distritos Judiciales; Cuarto: Que, con la fi nalidad de orientar las políticas, estrategias y líneas de acción de este Poder del estado, así como intercambiar experiencias de gestión que incidan en un mejor servicio de administración de justicia en los Distritos Judiciales del país, resulta conveniente realizar