Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2008 (14/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2008

otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 713-90-TC/15.17, y que por lo tanto, debera culminar el 22 de MORDAZA de 2010, plazo computado desde la fecha de expedicion de la citada resolucion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad MORDAZA, departamento de Piura. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir de la expedicion de la Resolucion Ministerial Nº 713-90-TC/15.17, el cual vencera el 22 de MORDAZA de 2010. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3º.- La empresa NOR PERUANA DE TELECOMUNICACIONES S.A., se encuentra obligada a reubicar su planta transmisora fuera del perimetro MORDAZA en un plazo MORDAZA de siete (07) anos, computados a partir del 1 de MORDAZA de 2005, de conformidad con lo prescrito en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 163522-1

Otorgan autorizacion a empresa para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en la localidad de Moyobamba
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 108-2008-MTC/03 MORDAZA, 7 de febrero de 2008 VISTO, el Expediente Nº 1998-02269007 presentado por la empresa TELE MORDAZA E.I.R.L., mediante el cual, solicita inspeccion tecnica a fin que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 622-97-MTC/15.19, del 2 de diciembre de 1997, se otorgo a la empresa TELE MORDAZA E.I.R.L., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito y provincia

de Moyobamba, departamento de San Martin. Dicha resolucion fue publicada el 7 de diciembre de 1997 en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Expediente Nº 1998-02269007 del 12 de octubre de 1998, la administrada solicito la inspeccion tecnica a su estacion de television en VHF, ubicada en el distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, a fin de obtener la autorizacion definitiva; debe indicarse que con Escrito de Registro Nº 199802304007, la empresa regularizo la MORDAZA del referido expediente acogiendose al beneficio otorgado en el Decreto Supremo Nº 024-98-MTC; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informes Nº 0026-99-MTC/15.19.03.3 y Nº 0898-99-MTC/15.19.03.3 de la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas, da cuenta que la estacion perteneciente a la empresa TELE MORDAZA E.I.R.L., cumplio con su obligacion de instalar y operar el servicio autorizado de acuerdo a las caracteristicas tecnicas autorizadas. Que, con Resolucion Viceministerial Nº 363-2005MTC/03 se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de VHF para las localidades correspondientes al departamento de San MORDAZA y, dentro de la localidad de Moyobamba, se incluye al distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Viceministerial N° 622-97-MTC/15.19; Que, con Informe Nº 0039-2008-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la empresa TELE MORDAZA E.I.R.L., obtuvo informes favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial N° 62297-MTC/15.19, y que por lo tanto su vigencia sera hasta el 8 de diciembre de 2017; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELE MORDAZA E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de Moyobamba, departamento de San Martin. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia

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