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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2008 366593 zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 012-2008-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el ítem CE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 061-2006-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A., que se identifi cará con el código Nº 24151507, para desarrollar estudios relacionados con la actividad de transmisión de energía eléctrica de las futuras instalaciones de la Línea de Transmisión de 22,9 kV San Miguel de Pallaquez - La Zanja, por un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, y que estará ubicada en los distritos de San Miguel, Calquis, Llapa, Tongod y Pulan, provincias de San Miguel y Santa Cruz, departamento de Cajamarca. Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal y comprenderán la zona delimitada por las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi gura en el presente Expediente, con las características que aparecen en el siguiente cuadro: Salida/Llegada de la Línea de transmisiónTensión (kV)Nº de TernasLongitud (km)Ancho de la faja de servidumbre (m) San Miguel de Pallaquez - La Zanja22,9 01 26 11Artículo 3º.- El concesionario está obligado a realizar los estudios, respetando las normas técnicas y de seguridad; preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes. De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto a la ejecución de los estudios y cumplimiento del cronograma correspondiente, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 163986-1 Constituyen Grupo de Trabajo del Ministerio a cargo de la implementación de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 070-2008-MEM/DM Lima, 13 de febrero de 2008 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 29158 de fecha 20 de diciembre de 2007 se aprobó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTABILIDAD PÚBLICA COMUNICADO Nº 003-2008-EF/93.01 CUENTA GENERAL DE LA REPÚBLICA 2007 Se hace de conocimiento a los titulares de las entidades del Sector Público, que la presentación de la información contable para la elaboración de la Cuenta General de la República del ejercicio 2007 vence, indefectiblemente, el día lunes 31 de marzo de 2008, de acuerdo con lo establecido en el Art. 28º de la Ley Nº 28708 - Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad. La información será recibida hasta las 10:00 pm. Las entidades gubernamentales y empresariales del Estado comprendidas en las Directivas Nº 006-2007- EF/93.01 y Nº 001-2008-EF/93.01 publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano los días 3 de noviembre de 2007 y 15 de enero de 2008, respectivamente, presentarán la información fi nanciera, presupuestaria y complementaria del ejercicio 2007, en estricta observancia con los lineamientos y formatos establecidos en las indicadas directivas. La fecha de presentación también comprende a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo - CAFAE, concordante con lo dispuesto por el numeral 7.2 del artículo 7º de la Directiva Nº 002-2008-EF/93.01, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 15 de enero del presente ejercicio. De acuerdo con lo establecido por el artículo 36º de la Ley Nº 28708: “El titular del pliego presupuestario o la máxima autoridad individual o colegiada de la entidad pública y los Directores Generales de Administración, los Directores de Contabilidad y de Presupuesto o quienes hagan sus veces, en las entidades tienen responsabilidad administrativa y están obligados a presentar a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, las rendiciones de cuentas de la entidad del sector público en la que se desempeñen”. Lima, 13 de febrero de 2008. CPC. OSCAR PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación 164585-1