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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de febrero de 2008 366604 Que, el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 029- 2006-MTC dispuso que PROVÍAS DESCENTRALIZADO mantendrá el régimen laboral establecido de los proyectos fusionados y que su Cuadro de Asignación de Personal - CAP deberá ser aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, con Resolución Ministerial Nº 115-2007-MTC/02 se aprobó el Manual de Operaciones de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, en el cual se dispone que su personal se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC; Que, los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, tienen por fi nalidad generar la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la estructura orgánica del proyecto; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC, corresponde aprobar un nuevo Cuadro para Asignación de Personal para PROVÍAS DESCENTRALIZADO; Que, los citados Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, establecen que para su elaboración las entidades deberán observar las disposiciones sobre clasifi cación de cargos que se encuentren vigentes y que los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad, por lo que resulta necesaria la aprobación del Clasifi cador de Cargos de PROVÏAS DESCENTRALIZADO; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC y el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Clasifi cador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Publicar en el Portal de Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe) el Clasifi cador de Cargos y el Cuadro para Asignación de Personal de PROVÍAS DESCENTRALIZADO aprobados mediante la presente Resolución, en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 163521-1 Otorgan autorización a Sistemas Freed S.R.L. para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en FM en la localidad de Abancay RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 113-2008-MTC/03 Lima, 11 de febrero de 2008 VISTO, el Escrito Registro Nº 973055 presentado por la empresa SISTEMAS FREED S.R.L., mediante el cual, solicita inspección técnica a fi n de que se le otorgue autorización por diez (10) años para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 344-96-MTC/15.17 del 25 de julio de 1996, se otorgó a la empresa SISTEMAS FREED S.R.L., autorización por el plazo de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Abancay, distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac. Dicha resolución fue publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 30 de julio de 1996; Que, mediante Escrito Registro Nº 973055 del 26 de mayo de 1997, la empresa solicitó la inspección técnica a su estación de radiodifusión, a fi n de obtener la autorización defi nitiva correspondiente. Que, el artículo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión se conceden por el plazo máximo de diez (10) años, iniciándose con un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, el artículo 184º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, aplicable en virtud de la Primera Disposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, señala que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba, dentro del cual el titular instalará los equipos requeridos para la prestación del servicio autorizado y realizará las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual será verifi cado por el órgano competente del Ministerio; Que, el artículo 185º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, señala que realizada la inspección, se emitirá el informe técnico correspondiente, en el que se indicará, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización, en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y en el Reglamento Específi co del Servicio de Radiodifusión; Que, con Informes Nº 413-97-MTC/15.19.03.3 del 6 noviembre de 1997 de la entonces Subdirección de Control de Estaciones Radioeléctricas, así como los Informes Nº 659-2007-MTC/29.03 del 24 de agosto de 2007 y Nº 1925-2007-MTC/29.03 del 5 de noviembre de 2007 de la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones da cuenta de las inspecciones técnicas realizadas a la estación de radiodifusión de la administrada los días 28 de setiembre de 1997, 23 de junio y 14 de octubre de 2007, respectivamente, verifi cándose que la empresa SISTEMAS FREED S.R.L., cumplió con instalar y operar el servicio de radiodifusión autorizado, con los ambientes de la planta transmisora instalados de acuerdo a las Normas Técnicas para el servicio autorizado y emitiendo una señal de buena calidad, libre de señales espureas; Que, con Resolución Viceministerial Nº 091-2004- MTC/03, se aprobó el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la banda de Frecuencia Modulada, departamento de Apurímac, cuya localidad denominada Abancay, incluye el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurímac ubicación consignada en la Resolución Ministerial Nº 344-96-MTC/15.17; Que, con Informe Nº 243-2008-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la empresa SISTEMAS FREED S.R.L., obtuvo informes favorables de las inspecciones técnicas realizadas a su estación de radiodifusión, es procedente otorgarle autorización por el plazo de diez (10) años, por períodos sucesivos, que incluye el período de instalación y prueba otorgado por la Resolución Ministerial Nº 344-96-MTC/15.17 para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Abancay, departamento de Apurímac y que por lo tanto su vigencia será hasta el 31 de julio de 2016; De conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a la empresa SISTEMAS FREED S.R.L., autorización por el plazo de diez (10) años, por