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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 366984 2004, concordante con el Artículo 25º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que será aprobado por el Titular de la Entidad o máxima autoridad administrativa, según corresponda, dentro de los treinta (30) días naturales siguientes a la aprobación del presupuesto institucional; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas, Pliego 026: Ministerio de Defensa, ha formulado el correspondiente Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, correspondiente al Año Fiscal 2008, a partir de los requerimientos de Bienes y Servicios de cada uno de sus órganos, y que se encuentran comprendidos en los Anexos de la presente Resolución; Que, el Artículo 27º del citado Reglamento estipula que el Plan Anual podrá ser modifi cado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramaciones de las metas institucionales, para lo cual la aprobación y difusión se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del mismo cuerpo legal; Que, la Ley Nº 29075, Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, establece en su Artículo 6º que el Ministro de Defensa es la máxima autoridad del Sector, que formula, norma, coordina, ejecuta, conduce y supervisa la Política de Defensa Nacional en el ámbito militar y ámbitos no militares de su competencia, en concordancia con los acuerdos adoptados por el Consejo de Seguridad Nacional, las disposiciones del Presidente de la República, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, y la normativa constitucional y legal del Estado; De conformidad con la Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa - Ley Nº 29075, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 — Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas de la Dirección Previsional adscrita a la Dirección General de Recursos Humanos para la Defensa del Viceministerio de Recursos para la Defensa del Pliego 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, el mismo que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución y el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas, Pliego 026: Ministerio de Defensa, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2008, en el Sistema de Electrónico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles desde su aprobación, así como en la página web del Ministerio. Artículo 3º.- Poner el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 009: Ofi cina Previsional de las Fuerzas Armadas, Pliego 026: Ministerio de Defensa, a disposición de los interesados sin costo alguno, en la Dirección Previsional de la Dirección General de Recursos Humanos para la Defensa del Viceministerio de Recursos para la Defensa del Ministerio de Defensa, sito en Avenida Boulevard S/N, Cuartel General de Ejército, distrito de Borja, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justifi car.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Ofi cial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. 5.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@ editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL