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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 366993 Visto; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 009-2008/COE-TC del 18 de febrero de 2008, sobre la solicitud de extradición activa de la procesada TATHYANA GICELA CORTEZ GADEA formulada por el Trigésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Consultiva de fecha 7 de febrero de 2008, la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró procedente la solicitud de extradición activa de la procesada TATHYANA GICELA CORTEZ GADEA, por la presunta comisión del delito contra la fe pública - falsedad ideológica en agravio de Luis Alberto Álvarez del Villar Sagi y el Estado (Exp. Nº 09-2008); Que, mediante el Informe Nº 009-2008/COE-TC del 18 de febrero de 2008, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone acceder al pedido de extradición activa de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el inciso 1) del Artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición entre la República del Perú y los Estados Unidos de América, suscrito en Lima el 25 de julio de 2001, aprobado por el Congreso de la República mediante Resolución Legislativa Nº 27827 del 22 de agosto de 2002, vigente desde el 25 de agosto de 2003; y lo dispuesto en el literal “a” del Artículo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder al pedido de extradición activa de la procesada TATHYANA GICELA CORTEZ GADEA, formulado por el Trigésimo Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del delito contra la fe pública - falsedad ideológica en agravio de Luis Alberto Álvarez del Villar Sagi y el Estado; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de los Estados Unidos de América de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Ministra de Justicia VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho delMinisterio de Relaciones Exteriores 167153-6 RELACIONES EXTERIORES Dejan sin efecto la R.S. N° 004-2008- RE RESOLUCIÓN SUPREMA N° 059-2008-RE Lima, 20 de febrero de 2008Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Suprema N° 004-2008-RE. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y ComunicacionesEncargada del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 167153-7 Oficializan el IV Congreso Internacional y VII Congreso Peruano de Tecnología Médica “I Encuentro de las Instituciones Científicas”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0229/RE Lima, 13 de febrero de 2008VISTO:El ofi cio 155-2008-DVM/MINSA, de fecha 1 de febrero, mediante el cual el Viceministro de Salud, a nombre del Colegio Tecnólogo Médico del Perú, solicita la ofi cialización del IV Congreso Internacional y VII Congreso Peruano de Tecnología Médica: “I Encuentro de las Instituciones Científi cas” a realizarse en la ciudad de Lima, los días 28 y 29 de febrero y 01 de marzo de 2008. CONSIDERANDO: Que son objetivos de los mencionados eventos: 1) Comprometer al tecnólogo médico con las necesidades de salud del país; 2) Promover el ejercicio ético de la tecnología de la medicina; 3) Fomentar el uso y desarrollo de tecnologías propias, mediante la investigación científica y tecnológica; y 4) Promover el posicionamiento de las instituciones científicas de tecnología médica. De conformidad con los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo 001-2001-RE, de fecha 3 de enero del 2001 y el inciso m) del artículo 5 del Decreto Ley 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores de 29 de diciembre de 1992. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Ofi cializar el IV Congreso Internacional y VII Congreso Peruano de Tecnología Médica: “I Encuentro de las Instituciones Científi cas” a realizarse en la ciudad de Lima, los días 28 y 29 de febrero y 1 de marzo de 2008. Artículo Segundo.- La presente resolución no irrogará gastos al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 165531-1