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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de febrero de 2008 366988 Que, con Informe Nº 058-2008-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, se ha pronunciado favorablemente respecto a la celebración de dicha Enmienda, las ventajas y benefi cios, así como, la previsión presupuestal correspondiente, a efectos de posibilitar la transferencia de recursos fi nancieros hasta por el monto indicado; Que, en consecuencia resulta necesario celebrar una Primera Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, y transferir los recursos para tal fi n; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo Nº 017-2004-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la suscripción de la Primera Enmienda al Memorándum de Acuerdo entre el Gobierno Nacional del Perú y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, para servicios de gestión y otros servicios de apoyo que han de ser proporcionados por la Ofi cina de Servicios para Proyectos de las Naciones Unidas -UNOPS con respecto al Proyecto “Apoyo a la Gestión del IPD”, con el objeto de encargar a dicho organismo internacional, la administración de los recursos fi nancieros del Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Instituto Peruano del Deporte a transferir recursos hasta por VEINTICUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 496, 802.00); al organismo internacional referido en la presente Resolución, para cuyo efecto deberá fi jar los procedimientos administrativos que correspondan conforme a ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 167153-5 ENERGIA Y MINAS Constituyen el Grupo de Trabajo encargado del seguimiento y formulación de propuestas para el desarrollo de los proyectos petroquímicos que se encuentran en proceso ante el Sector RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2008-MEM/DM Lima, 19 de febrero de 2008CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 29163 declaró de interés nacional y necesidad pública el fomento, la promoción y el desarrollo de la Industria Petroquímica, en el marco de un desarrollo integral y equilibrado del país y mediante el apoyo a la iniciativa privada; Que, la referida Ley en su artículo 5º ha establecido como una de las funciones del Ministerio de Energía y Minas, la promoción de la Petroquímica Básica a partir del Gas Natural y Condensados y otros hidrocarburos líquidos;Que, resulta conveniente conformar un Grupo de Trabajo encargado del seguimiento y formulación de propuestas para el desarrollo de los proyectos petroquímicos que se encuentran en marcha en el país, así como realizar las gestiones a nivel de coordinación intersectorial cuando los referidos proyectos requiera de la intervención o participación de otras entidades públicas, a fin de asegurar en plazos breves la suscripción de los correspondientes contratos de inversión; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y la Ley de Promoción para el Desarrollo de la Industria Petroquímica, Ley Nº 29163; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Constituir el Grupo de Trabajo encargado del seguimiento y formulación de propuestas para el desarrollo de los proyectos petroquímicos que se encuentran en proceso ante el Sector. Artículo Segundo.- El Grupo de Trabajo estará conformado por los siguientes profesionales: - Ing. Gustavo Navarro Valdivia, quien lo presidirá; - Ing. José Robles Freyre,- Ing. Luis Zavaleta Vargas,- Ing. Luis Del Castillo Rodríguez,- Abog. Fernando Pomatailla Gálvez Artículo Tercero.- El Grupo de Trabajo tendrá las siguientes funciones: 3.1 Emitir un informe situacional de los proyectos petroquímicos que se encuentran en proceso. 3.2 Realizar actividades de coordinación relacionadas con la identifi cación de terrenos públicos en los que sea factible desarrollar los proyectos petroquímicos. 3.3 Promover acciones de coordinación intersectorial con las entidades públicas y empresas estatales vinculadas a la aprobación y/o ejecución de los proyectos de inversión privada en la industria petroquímica. 3.4 Proponer los mecanismos de promoción para la creación de Complejos Petroquímicos de desarrollo descentralizado que permitan el adecuado desenvolvimiento y desarrollo de proyectos para la Industria Petroquímica. 3.5 Efectuar las recomendaciones para lograr la efectividad en el cumplimiento de las disposiciones de promoción de la industria petroquímica a que se refi ere la Ley Nº 29163. 3.6 Solicitar la asesoría y participación correspondiente a los órganos y entidades del Sector. Artículo Cuarto.- El Grupo de Trabajo deberá emitir el primer informe al Despacho Ministerial en el término de treinta (30) días hábiles, computados a partir de la aprobación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 166969-1 JUSTICIA Modifican el Reglamento de la Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones DECRETO SUPREMO Nº 003-2008-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: