Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (22/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2008 367083 Delegar al Fondo MIVIVIENDA S.A. el proceso de inscripción y otorgamiento de código de los Proyectos que se presenten al Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio, para todas las modalidades de Aplicación del Bono Familiar Habitacional – BFH. Los efectos de la presente delegación se extenderán a todas las normas relacionadas al Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio que se establecen en los Reglamentos Operativos aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 125, 453, 454 y 578-2007-VIVIENDA. Artículo 2 º.- Vigencia de la delegación La presente delegación rige a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, fecha a partir de la cual las solicitudes de inscripción en el Registro referido en el artículo que antecede deberán ser presentadas directamente al Fondo MIVIVIENDA S.A.. Artículo 3º.- Comité de Registro de Proyectos en el Fondo MIVIVIENDA S.A. Durante la vigencia de la delegación que se efectúa por la presente Resolución: 3.1 Todas las facultades y funciones del Comité Ejecutivo designado por el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo – VMVU establecidas en los Reglamentos Operativos aprobados mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 125, 453, 454 y 578-2007-VIVIENDA, serán ejercidas por el Fondo MIVIVIENDA S.A. a través de un Comité de Registro de Proyectos, que estará conformado por tres (03) miembros designados por el Gerente General de dicha entidad. 3.2 El Comité Ejecutivo referido en los Reglamentos Operativos en mención queda suspendido en el ejercicio de sus funciones. Artículo 4 º.- Acervo documentario El Viceministerio de Vivienda y Urbanismo deberá remitir al Fondo MIVIVIENDA S.A., todo el Acervo Documentario del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Techo Propio. Artículo 5 º.- Obligación de informar sobre el ejercicio de la delegación El Gerente General del Fondo MIVIVIENDA S.A., deberá informar trimestralmente al Viceministro de Vivienda y Urbanismo sobre el ejercicio de la delegación que se efectúa por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 167292-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen traslado de magistrados al Juzgado Especializado de Wanchaq y al Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Castilla de la Corte Superior de Justicia de Arequipa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 289-2007-CE-PJ Lima, 18 de diciembre de 2007 VISTO: El expediente administrativo que contiene la solicitud de traslado presentada por el señor Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez titular del Juzgado Mixto de Wanchaq, comprensión del Distrito Judicial del Cusco, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la solicitud de traslado presentada por el señor Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez titular del Juzgado Mixto de Wanchaq, ubicado en el Distrito del mismo nombre, Provincia, Departamento y Distrito Judicial del Cusco, a una plaza de igual jerarquía en la especialidad penal del citado Distrito, se sustenta en que se ha especializado en materia penal tanto en la praxis jurisdiccional como por sus estudios realizados; Segundo: Que, si bien la Sala Plena de la citada Corte Superior con fecha 15 de noviembre del 2006, aprobó el traslado del señor Rojas Sierra al cargo vacante de Juez titular del Juzgado Penal de Wanchaq, es menester precisar que de conformidad con lo prescrito en el numeral 12° del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concordante con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 146-2006- CE-PJ, que modifi có el Reglamento de Traslados de Magistrados del Poder Judicial, es función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de magistrados, funcionarios y demás servidores del Poder Judicial; por lo que siendo así corresponde a este Órgano de Gobierno emitir pronunciamiento respecto a la solicitud de traslado del magistrado recurrente; Tercero: Que, sobre el particular, el artículo 9° del Reglamento de Traslados de Magistrados, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial podrá apreciar peticiones fundadas en situaciones extraordinarias no previstas; de igual modo, del tenor de lo establecido en el artículo 2° del citado reglamento, fl uye que en los casos de sobrecarga procesal, cambio de competencia territorial o cualquier otro motivo atingente al objeto expresado, es posible en tales supuestos disponer la reubicación de un magistrado; Cuarto: Que, el artículo 190° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece cuáles son los criterios para la especialización de los señores magistrados, preceptuando que éstos se determinan por la antigüedad en el ejercicio de la magistratura, el ejercicio de cátedra universitaria, publicaciones sobre materia jurídica especializada, los gados académicos de la especialidad, y los trabajos desempeñados en cargos afi nes; Quinto: Que, en el Distrito de Wanchaq, actualmente funcionan un Juzgado Mixto y un Juzgado Especializado Penal; en tal sentido, y no obstante que el señor Reynaldo Ochoa Muñoz es Juez titular del mencionado Juzgado Mixto, teniendo en cuenta los criterios precedentemente enunciados, valorando los argumentos expuestos por el magistrado recurrente los mismos que obran de fojas 5 a 9, en los que se encuentra acreditado que se viene especializando a través de eventos y cursos de postgrado en derecho penal, y considerando asimismo su experiencia laboral, resulta procedente el traslado del señor Reynaldo Ochoa Muñoz, al Juzgado Especializado Penal de Wanchaq, que se encuentra actualmente vacante; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 12° del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundada la solicitud de traslado presentada por el señor Reynaldo Ochoa Muñoz, Juez titular del Juzgado Mixto de Wanchaq; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Especializado Penal de Wanchaq, ubicado en el Distrito del mismo nombre, comprensión de la Corte Superior de Justicia del Cusco. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, a la Gerencia General