TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 22 de febrero de 2008 367074 CONSIDERANDO: Que, teniendo en cuenta la importancia de retomar los contactos entre las altas autoridades peruanas y argentinas, y de relanzar la coordinación en los temas prioritarios de la agenda bilateral, al más alto nivel; Que, el Comité de Coordinación es el encargado del seguimiento de los acuerdos alcanzados en el marco de la Comisión General de Coordinación Política e Integración Peruano-Argentino, cuya última reunión se llevó a cabo en la ciudad de Lima, el 06 de febrero de 2006; Que, la Comisión General de Coordinación Política e Integración, establecida en 1989, es el mecanismo central de diálogo político de la relación bilateral, cuya V Reunión tuvo lugar en Lima el 24 de noviembre de 2006, habiéndose previsto que la VI Reunión tendrá lugar en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 26 de febrero de 2008. Estando a lo dispuesto por la Alta Dirección; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 26 de febrero de 2008, a fin que participe en la VI Reunión de la Comisión General de Coordinación Política e Integración Peruano-Argentino. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participación del citado funcionario diplomático, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada dentro de un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$ Viáticos por día US$ Número de díasTotal viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Gonzalo Alfonso Gutiérrez Reinel 1,192.56 200.00 2+1 600.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término del indicado viaje, el mencionado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en la referida reunión. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 167142-1Autorizan viaje de funcionario diplomático a Francia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0253/RE Lima, 19 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 003-2008-RE, de 8 de enero de 2008, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Dante Federico Chávez Soto, como Co-Agente del Estado peruano ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile; Que, es necesaria la presencia del Co-Agente del Estado peruano en la ciudad de París, República Francesa, a fi n que efectúe coordinaciones en la Embajada del Perú en dicho país, del 24 al 25 de febrero de 2008; Teniendo en cuenta el Memorándum (AAM) Nº 0104/2008, de 14 de febrero de 2008, de la Asesoría del señor Ministro en Asuntos de Derecho del Mar; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Dante Federico Chávez Soto, Co-Agente del Estado peruano ante la Corte Internacional de Justicia en el caso sobre delimitación marítima entre el Perú y Chile, a la ciudad de París, República Francesa, del 24 al 25 de febrero de 2008, a fi n que efectúe coordinaciones en la Embajada del Perú de dicho país. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conducción de Líneas de Política Institucional, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes US$ Viáticos por día US$ Número de díasTotal viáticos US$ Tarifa aeropuerto US$ Jorge Dante Federico Chávez Soto 550.81 260.00 2+2 1,040.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el citado funcionario diplomático deberá presentar un informe ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores, de las acciones realizadas durante su participación en el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 167141-1