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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2008 (27/02/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de febrero de 2008 367363 ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Samaritan´s Feet a favor de la Asociación MINISTERIO INTERNACIONAL DE DESARROLLO - INTERDES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Samaritan´s Feet a favor de la Asociación MINISTERIO INTERNACIONAL DE DESARROLLO - INTERDES, consistente en 266 cajas conteniendo zapatos nuevos modelo tenis, formal y sandalias; valorizado en $ 1,000.00 (Un Mil y 00/100 Dólares Americanos); con un peso bruto manifestado de 2,495 kgs y un peso bruto recibido de 3,400.00; enviados en un contenedor de 20´ Nº TPHU2912456; amparados en la Declaración Única de Aduana Nº 118-2006-10-169363-01-4-00 de fecha 21-set-06. Los bienes donados serán destinados a las actividades asistenciales denominada Campaña “Los Pies de Samaritano” favoreciendo a niños, madres, padres de familia de la zona; Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163527-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0142/RE Lima, 1 de febrero de 2008 Visto, los expedientes Nº 8108-2007, Nº 8998-2007 y Nº 9422-2007, presentados por la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, con sede en Madrid, España. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modifi catorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certifi cado de Donación de fecha 05 de febrero de 2007, legalizado por el Consulado General del Perú en Madrid - España, se observa que la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos, ha efectuado una donación a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; Que, los bienes donados consisten en 4,023 bultos conteniendo 1,000 Biblias, 01 mesa de cristal, 29 palets con 19,976.99 kgs. de revestimiento cerámico, 50 trozos de ángulos de hierro (2,533.09 Kgs.), 05 cajas con 200 objetos de decoración nuevos, 103 cajas con 500 juguetes nuevos, 1,424 cajas con 2,150 mochilas, 606 cajas con 1,050 pares de zapatos totalmente nuevos, 13 cajas con 200 libros infantiles, 644 cajas con 2,648.23 Kgs. de galleta, 15 ruedas de camión, 57 tableros, 18 bolsas de ropa totalmente nueva (150 camisas), 02 m2 de alfombra, 01 colchoneta, 32 cajas con 200 vajillas, 10 palets con 100 unidades de material sanitario, y 13 neumáticos de camión, con un valor FOB de US$ 15,210.00 (Quince mil doscientos diez y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2007-10-044615-00 de fecha 02-Mar-07, con un peso bruto manifestado de 96,275 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº BL-ESBIO-000421230-1, y con un peso bruto recibido de 87,565 kilos, amparados con la DUA anteriormente indicada. Donación destinada para la construcción e implementación de centros, casa de retiro, entre otros; siendo distribuida según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Yurimaguas y Lima; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refi ere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por la Fundación Desarrollo Integral de los Pueblos a favor de la asociación CASA DE CONVIVENCIAS JUAN PABLO II, consistente en 4,023 bultos conteniendo 1,000 Biblias, 01 mesa de cristal, 29 palets con 19,976.99 kgs. de revestimiento cerámico, 50 trozos de ángulos de hierro (2,533.09 Kgs.), 05 cajas con 200 objetos de decoración nuevos, 103 cajas con 500 juguetes nuevos, 1,424 cajas con 2,150 mochilas, 606 cajas con 1,050 pares de zapatos totalmente nuevos, 13 cajas con 200 libros infantiles, 644 cajas con 2,648.23 Kgs. de galleta, 15 ruedas de camión, 57 tableros, 18 bolsas de ropa totalmente nueva (150 camisas), 02 m2 de alfombra, 01 colchoneta, 32 cajas con 200 vajillas, 10 palets con 100 unidades de material sanitario, y 13 neumáticos de camión, con un valor FOB de US$ 15,210.00 (Quince mil doscientos diez y 00/100 Dólares americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2007-10-044615-00 de fecha 02-Mar-07, con un peso bruto manifestado de 96,275 kilos, según Conocimiento de Embarque Nº BL-ESBIO-000421230-1, y con un peso bruto recibido de 87,565 kilos, amparados con la DUA anteriormente indicada. Donación destinada para la construcción e implementación de centros, casa de retiro, entre otros; siendo distribuida según las necesidades en los departamentos de Arequipa, Ayacucho, Cusco, Piura, Iquitos, Yurimaguas y Lima. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 163527-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0143/RE Lima, 1 de febrero de 2008 Visto, los expedientes Nºs. 3178-2007, 6504-2007, 7348-2007, 8999-2007 y 9422-2007, presentados por la