Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2008 (27/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la participacion de estudios sin exceder el periodo total establecido. Articulo 4º.- El Referido Oficial, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en el Articulo 6º y Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047 ­ 2002 ­ PCM del 5 de junio del 2002 y Cuarta Disposicion Final del Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Ministerio del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 ­ DE/SG del 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004 DE/SG del 30 de junio del 2004. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Articulo 7º.- El referido Oficial pasara lista de revista en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 02 al 07 de marzo de 2008, para realizar un estudio de sitio previo a la realizacion del despliegue operacional denominado "Sociedad de las Americas". Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

169205-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2008 DE/SG
MORDAZA, 25 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 54 de fecha 21 de enero de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del Programa de Ofrecimiento de Entrenamiento por parte del Cuerpo de Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA a las Fuerzas Navales del Peru para el ano 2008, se ha acordado la realizacion del "Entrenamiento del Equipo Operacional Combinado (COST)" a realizarse en la Base MORDAZA de Ancon; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 7 al 17 de marzo de 2008, para participar en el "Entrenamiento del Equipo Operacional combinado (COST)" que se desarrollara en la Base MORDAZA de Ancon. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

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Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 183-2008 DE/SG
MORDAZA, 25 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 103 de fecha 29 de enero de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, desde el ano 2007 se lleva a cabo el despliegue operacional denominado "Sociedad de las Americas" entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Infanteria de MORDAZA de los Estados Unidos de America; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA realizara un estudio de sitio previo a la realizacion del despliegue mencionado; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley No. 28899; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de

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