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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2008 (09/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de julio de 2008 375791 respecto al Proyecto de Ordenanza que aprueba el nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones en materia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; y, CONSIDERANDO:Que el Articulo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27668, establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, el mismo que es recogido por el Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, es obligación de la Municipalidad Distrital a través de su órgano de línea de Defensa Civil cautelar la vida e integridad física de las personas, para lo cual debe hacer cumplir las disposiciones correctivas emanadas de las inspecciones técnicas realizadas por el personal de Defensa Civil conforme a los Artículos 4º, 5º y 6º del Capitulo III, Titulo I y el Artículo 8º Capitulo I, Titulo II del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, y los Artículos 49º y 78º de la Ley Organiza de Municipalidades - Ley Nº 27972, y todas las normas pertinentes, debiendo aplicar las sanciones del caso a todos aquellos que incumplan las disposiciones contenidas en el Marco Legal precitado; Que, los Artículos 5º y 6º del Capítulo III, Título I del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, establece que las normas Técnicas de Seguridad en Defensa Civil son de carácter obligatorio para los propietarios, conductores, administradores, apoderados y/o representantes de los objetos de inspección, lo cual será verifi cado a través de los procedimientos de ITSDC y Visitas de Defensa Civil; precisándose que las Normas de Seguridad en Defensa Civil están establecidas en el Art. 6º del la referida norma legal; Que, el Artículo 8º Título II Capítulo I del Reglamento de Inspecciones de Seguridad en Defensa Civil, establece la obligatoriedad y oportunidad de las personas naturales y jurídicas del Derecho Público o Privado, Propietarias, Administradoras y/o Conductoras de los objetos de Inspección están obligados a obtener el Certifi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil, para lo cual deberán solicitar la Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil correspondiente y renovar el mismo con la periodicidad que establezca el manual de Ejecución de ITSDC; Que, los promotores, organizadores o responsable de un evento y/o espectáculo público, deberán solicitar la ITDSC previa a la realización del espectáculo público a la Sub. Gerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho o ante el Órgano competente del SINADECI según las Normas establecidas; Que, mediante Ordenanza Nº 107, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 31.03.2007, se aprobó la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, creándose la Sub Gerencia de Defensa Civil, como ente encargado de hacer cumplir las disposiciones técnicas emanadas de los dispositivos del Sistema Nacional de Defensa Civil; Que, el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 107 de fecha 26.03.2007, prevé en su Artículo 4º que la Corporación Municipal tiene como fi nalidad promover el desarrollo integral y sostenible, así como fomentar el bienestar y desarrollo de los vecinos en el ámbito de su jurisdicción; Estando a los fundamentos antes expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, a lo dispuesto en el Reglamento Interno de Concejo aprobado mediante Ordenanza Nº 134 y el Decreto Supremo Nº 066-2007-PCM, con el VOTO MAYORITARIO de los señores regidores y con la dispensa de lectura y trámite de aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL NUEVO REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- APROBAR el Régimen de Aplicación de Sanciones (RAS) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) en Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, los mismos que forman parte Integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR al Despacho de Alcaldía para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para una mejor aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Sub Gerencia de Defensa Civil, la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva Administrativa y demás áreas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CUIS), en el extremo correspondiente al órgano de línea de Defensa Civil aprobado mediante Ordenanza Nº 032, así como cualquier otra norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Derogar la Ordenanza Nº 111 y cualquier otras Normas que se opongan a la presente. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS JOSÉ BURGOS HORNA Alcalde REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES EN MATERIA DE DEFENSA CIVIL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Y NATURALEZA DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 1º.- FINALIDAD Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza tiene como fi nalidad establecer el Procedimiento Administrativo de Detección de Infracciones, imposición, ejecución e impugnación de aplicación de sanciones a las infracciones de lo dispuesto a los Artículos 4º, 5º y 6º del Capitulo III, Titulo I y el Artículo 8º Capitulo I, Titulo II del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil aprobado por D.S. Nº 066-2007-PCM, y los artículos 49º y 78º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como en las demás normas en lo que corresponda a Defensa Civil y las tipifi cadas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones, en adelante “CIS” que forma parte de la presente Ordenanza. La presente Ordenanza es de aplicación en la circunscripción del Distrito de San Juan de Lurigancho, aún cuando los infractores no presenten domicilio real y/o legal dentro de distrito. Artículo 2º.- TITULARIDAD DE LA COMPETENCIA SANCIONADORA Los procedimientos de fi scalización regulados en la presente Ordenanza, así como, la atención de los procedimientos administrativos originados de tales actos, son competencia de la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho. La imposición de sanciones en materia de Defensa Civil, es responsabilidad de la Subgerencia de Defensa Civil, dependiente de la Gerencia de Desarrollo Económico, de conformidad con las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Para la imposición de la sanción o sanciones, se tendrá en consideración la notifi cación de infracción que efectúen los inspectores técnicos de la Subgerencia de Defensa Civil. Artículo 3º.- CONCEPTO DE INFRACCION Para los efectos de la presente Ordenanza, entiéndase como infracción toda conducta, acción u omisión que implique el incumplimiento total o parcial de las Normas Técnicas de Seguridad emanadas de INDECI, las Descargado desde www.elperuano.com.pe