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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2008 (09/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de julio de 2008 375777 AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil ocho. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 223508-1 Convocan al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional La Libertad para el Año Fiscal 2009 ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley Nº 27867, su modifi catoria, Ley Nº 27902 y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO:En Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de fecha veintidós de abril del año 2008, la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, relativo al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo Del Gobierno Regional La Libertad para el año fiscal 2009. CONSIDERANDO:Que, los Artículos 197º, 198º y 199º de la Constitución Política del Estado de 1993 establecen que los Gobiernos Regionales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos, con la participación de la población, y rinden cuentas de su ejecución, anualmente. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización en su capítulo IV de Participación Ciudadana, Artículos 17º numeral 17.1º y 17.2º establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de los planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Que, en el Capítulo V Planes de Desarrollo y Presupuestos, Artículos 18º, 19º y 20º, numerales 20.1 y 20.2 de la ley mencionada, establece que los planes y presupuestos participativos son de carácter territorial. Los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, se formulan y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados. El MEF dicta en forma anual las directivas que regulan la programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación y control de los presupuestos. Que, en la Ley Nº 26300 Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadano, en el Artículo 2º Derechos de Participación de los Ciudadanos, se establecen los mecanismos de participación ciudadana en el ámbito de los Gobiernos Regionales y Locales y en el Artículo 3º de Derechos de Control Ciudadanos.Que, la Ley Nº 28056, Ley de Marco Presupuesto Participativo y su Reglamento, el D.S. Nº 171-2003-EF, indican que el proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado- Sociedad Civil y, que para ellos que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos, y que, mediante ordenanza, dispondrán las medidas necesarias para reglamentar el proceso de identifi cación y acreditación de los Agentes Participación en el Proceso, particularmente de aquellos representantes de la Sociedad Civil. De conformidad con la Constitución Política del Perú de 1993, y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 37º y Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968 y, estando a lo acordado; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Artículo Primero.- CONVOCAR, al Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional La Libertad para el año fi scal 2009. Artículo Segundo.- APROBAR, la Directiva del Proceso, así como el Cronograma respectivo, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- APROBAR, el Reglamento del Proceso de Identifi cación y Acreditación de los Agentes Participantes en el Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional para el año fi scal 2009, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- CONFORMAR, el Equipo Técnico del Proceso, que estará integrado de la siguiente manera: a. Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, quien lo preside. b. Gerente Regional de Infraestructura.c. Subgerente de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial. d. Subgerente de Presupuesto y Hacienda.e. Subgerente de Programación de la Inversión Pública. f. Subgerente de Obras.g. Subgerente de Estudios.h. 1 Representante del Consejo de Coordinación Regional, por parte de la Sociedad Civil. i. 6 Representantes de la Sociedad Civil, elegidos entre los agentes participantes del Presupuesto Participativo. Artículo Quinto.- AUTORIZAR, al Secretario del Consejo Regional La Libertad, disponer la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el diario mayor circulación de la Región en el Portal Electrónico del Gobierno Regional La Libertad. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil ocho. CARLOS ANTONIO ALVAREZ CHAVEZ Consejero Delegado AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los veintidós días del mes de abril del año dos mil ocho. JOSÉ H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 223508-2Descargado desde www.elperuano.com.pe