Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2008 (09/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

375775

Que, el articulo 83 de la Ordenanza Regional Nº 10AREQUIPA que aprueba la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, establece la naturaleza y funciones de esta Gerencia Regional de Energia y Minas, estableciendo entre sus funciones en el inciso d): el proponer el otorgamiento de concesiones (autorizaciones) para minicentrales de generacion electrica; Que, habiendose excedido el plazo de 30 dias calendario conforme lo establecido en el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas; SE RESUELVE:

ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo, por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme el articulo 192º inciso 7) de la Carta Magna, los Gobiernos Regionales promueven y regulan actividades y/o servicios en materia de Agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente conforme a ley. Que, conforme al articulo 61º inciso c) de la Ley Nº 27867 -Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, se senala que es funcion de los Gobiernos Regionales en materia de Defensa Civil, organizar y ejecutar acciones de prevencion de desastres y brindar ayuda directa e inmediata a los damnificados y la rehabilitacion de la poblacion afectada. Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante Decreto Supremo Nº 041-2008-PCM, "Declara el Estado de Emergencia en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA y Tacna, considerando la magnitud de los fenomenos meteorologicos como heladas y granizadas entre otros, en las zonas alto andinas de los departamentos MORDAZA referidos, lo que demanda la adopcion de medidas que permitan entre otros a los sectores comprometidos como los Gobiernos Regionales y locales, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes en las zonas afectadas. Que, es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar y derogar normas que regulen asuntos de su competencia, segun senala el articulo 15º Inc. a) de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; cuerpo legal que tambien establece en su articulo 49º Inc. a) que es funcion en materia de salud formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas de salud de la region en concordancia con las politicas nacionales y los planes sectoriales, asi mismo, conforme al inciso a) del articulo 15º, es atribucion del Gobierno Regional en materia agraria; formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas de la Region, en concordancia con las politicas nacionales, los planes sectoriales. Que, la Direccion Regional de Agricultura con Oficio Nº 357-2008-GOB. RE CUSCO/DRA-DIA-C, ha alcanzado el Informe de Evaluacion Preliminar de Danos por Efectos Climaticos (heladas- granizadas) en cultivos y; mediante Oficio Nº 444-2008-GOB. RE. CUSCO/DRADIAC, remite el Plan de Prevencion y Atencion para la Actividad Agropecuaria para hacer frente al Fenomeno de Heladas y Nevadas 2008 y MORDAZA MORDAZA 20082009, ratificandose con Oficio Nº 104-SENAMHI-DRCUSCO/2008, el comportamiento climatico durante los meses de MORDAZA a Agosto, en las zonas alto andinas y valles interandinos, en los que las temperaturas bajaran ostensiblemente fluctuando entre los -10°C y -20°C, respectivamente con una alta probabilidad de ocurrencias, senalando temperaturas bajas estaran asociadas con precipitaciones solidas- MORDAZA, granizo, etc. hechos que afectara a ninos y ancianos por ser los mas vulnerables asi como en la linea agropecuaria; por lo que es necesario se adopten medidas de prevencion. Que, en reunion Extraordinaria de los Integrantes del Comite Regional de Defensa Civil y del Centro de Operaciones de Emergencia Regional - COER, de fecha 08 de MORDAZA del 2008, en atencion al informe del SENAMHI sobre el comportamiento del clima durante la temporada de frio, acordaron, por decision unanime, solicitar a la Presidencia Regional y al Consejo Regional, la Declaratoria en "Situacion de Emergencia Preventiva", el ambito departamental mediante Acuerdo Regional, y autorizacion para la utilizacion de los fondos provenientes del Canon y Sobrecanon, como de saldos del Fenomeno de la MORDAZA 2007 y Recursos Ordinarios, a la Direccion Regional de Agricultura como a la Oficina de Defensa Nacional de conformidad al informe de la ODENA sobre la existencia de S/. 295,139.00 Nuevos Soles del Canon

Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA, AGROINDUSTRIAL MINERA Y SU COMERCIALIZACION S.R.L. - EMGEL AGROMIN S.R.L. que se identificara con codigo Nº 0003-AGE-2008, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Hidroelectrica Chichas, con una potencia instalada de 9.35 MW, ubicada en el distrito de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; cuyas caracteristicas principales son las siguientes:
· Potencia Instalada · MORDAZA de Turbinas · Caudal Total de Uso · Velocidad · Caida · Recurso Hidrico : : : : : : 9.35 MW MORDAZA de Eje Horizontal 5.5 m3/s 720 RPM 200 m Aprovechamiento de las aguas provenientes del rio Chichas (Resolucion de Intendencia Nº 32-2008-INRENA-IRH de fecha 30 de enero de 2008)

Articulo 2º.- EMPRESA DE GENERACION ELECTRICA, AGROINDUSTRIAL MINERA Y SU COMERCIALIZACION S.R.L. - EMGEL AGROMIN S.R.L. debera construir las obras descritas en su solicitud, segun el Cronograma de Ejecucion de Obras, el cual contempla el inicio de obras en enero de 2009 y su culminacion en noviembre de 2012 y a partir de la publicacion de la presente resolucion. La falta de ejecucion de dichas obras de acuerdo con el Cronograma de Ejecucion, conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 3º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, cuyo incumplimiento conllevara a la cancelacion de la presente autorizacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Gerencial Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA BUTRON MORDAZA Gerente Regional Gerencia Regional de Energia y Minas 223085-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Declaran en situacion de emergencia al departamento del MORDAZA, por causas del Fenomeno del Frio - Friaje y Heladas
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 186-2008-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en sesion de fecha veinte de Junio del ano dos mil Ocho,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.