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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de julio de 2008 375781 reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- Incorporación de infracción Incorporar al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza Nº 033-07/MDLV, la infracción establecida en la presente Ordenanza. Tercera- Ejecución y supervisión de la presente Ordenanza Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Sub Gerencia de Obras Públicas, Infraestructura Urbana y Transportes, así como a la Gerencia Fiscalización y Control el cumplimiento de la presente Ordenanza a fi n de prestar este servicio a través de cualquiera de las modalidades permitidas por Ley, así como la supervisión de la misma. Cuarta.- Apoyo de la Fuerza Pública Comuníquese a la Policía Nacional del Perú para los efectos del apoyo necesario para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Quinta.- Vigencia La presente Ordenanza entrará en vigencia previa materialización del Acuerdo de Concejo ratifi catorio emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Asimismo se deja sin efecto cualquier norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO INFORME TECNICO SERVICIO DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO DE LA VICTORIA AÑO FISCAL 2008 I.- ANTECEDENTES NORMATIVOS.-1. El 24 de junio del año 2004, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emite la directiva Nº 001-06-00000001 sobre Determinación de Costos de los Servicios y Procedimientos Administrativos que dan origen a Tributos para efectos de la ratifi cación de ordenanzas municipales distritales; en el, se regula los aspectos técnicos y legales relacionados con la determinación de los costos del servicio. 2. Posteriormente mediante Ordenanza Nº 739 la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba la Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima, cuya fi nalidad es uniformizar criterios legales y técnicos y procurar el uso racional de la vía publica, en el marco de las normas establecidas en la Ley de Tributación Municipal y la Ley Orgánica de Municipalidades. 3. El 16 de marzo de 2005, con la emisión de la directiva Nº 001-06-0000005 el Servicio de Administración Tributaria - SAT, establece los criterios y metodología para la estimación de ingresos y determinación de la tasa a cobrar por el Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal aplicados a las Municipalidades de la Provincia de Lima, de conformidad con las disposiciones de la ordenanza Nº 739. 4. Ordenanza Nº 065-2005-MDLV, que modifi ca a la Ordenanza Nº 059 -05 -MDLV del establecimiento de la tasa del parqueo vehicular en el Distrito de La Victoria, aprobado el 26 de noviembre del 2005 y publicado en el diario el peruano 21 de enero del 2006 5. La actual gestión municipal, respetuosa de las normas vigentes y en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, efectúa los tramites de ratifi cación ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de Lima, a raíz de lo dispuesto en la Ordenanza que regula el procedimiento de ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Lima, publicada el 24 de marzo del 2004. Por todo lo expuesto, La Municipalidad Distrital de La Victoria, ha procedido a elaborar la Estructura de Costos del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal y la Estimación de Ingresos, utilizando los parámetros, criterios y metodología establecida en las Ordenanzas y directivas descritas anteriormente; así como, el numero de espacios autorizados por la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante la subgerencia de Obras Publicas, Infraestructura Urbana y Transportes II.- ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR.-La Municipalidad Distrital de La Victoria a través de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha procedido a ratifi car las zonas de estacionamiento vehicular existentes en el Distrito para el año 2008. Conforme a lo prescrito en el Artículo 7º de la Ordenanza Nº 739 Ordenanza Marco de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima, las municipalidades establecerán los espacios de la vía pública para el servicio de estacionamiento temporal vehicular en su circunscripción territorial, según las características y uso de la vía pública. Así mismo, estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del Artículo 14º del mismo cuerpo legal, en el caso de estacionamiento en vías o zonas distintas a las señaladas en su primer párrafo, las Municipalidades Distritales podrán defi nir las vías o zonas aptas para el estacionamiento temporal. III.- ESTRUCTURA DE COSTOS.-Para la elaboración de la Estructura de Costos del Servicio de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Municipalidad de La Victoria, se ha considerado lo siguiente: COSTOS DIRECTOSPara determinar los Costos Directos de la Tasa de Estacionamiento Vehicular, se han considerado los siguientes conceptos: Mano de Obra Directa En nuestra corporación contamos con 357 obreros estables, quienes están distribuidos en diferentes áreas de la institución, cumpliendo diferentes labores, entre ellos, servicio de Limpieza Publica, mantenimiento de Áreas Verdes y servicio de Serenazgo. Para el servicio de Parqueo Vehicular, se ha previsto contar con 146 obreros, de los cuales 50 son obreros estables y 96 obreros contratados bajo la modalidad de SNIP. Cobradores Estables (50) Para el servicio de Parqueo Vehicular se asignará 50 obreros que se encuentran distribuidos en diferentes zonas del distrito, realizando labores de cobro a los dueños de los vehículos que utilizan los estacionamientos habilitados. Cobradores Contratados (96) Para éste servicio se han considerado 96 obreros contratados bajo la modalidad de servicios no personales, su función principal es realizar el cobro a los conductores de los vehículos que utilizan los espacios habilitados para tal fi n; así mismo, guían a los conductores para el ingreso y salida de los citados espacios. El número de cobradores que se han estimado para ésta función, fue en base al número de espacios habilitados, en este caso para los 2 500 espacios que encuentran distribuidos en diferentes vías del distrito, se considera un (1) cobrador por cada 2 cuadras continuas y en calles alejadas una (1) persona por calle, dependiendo de la cantidad de estacionamientos en una vía. MATERIALES: Entre los materiales a utilizar para cumplir adecuadamente con éste servicio, se ha considerado la Descargado desde www.elperuano.com.pe