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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 375984 recreo, en la comunidad campesina de Chimú, a la altura del kilómetro 6.5 de la carretera Panamericana Sur Puno - Desaguadero, distrito, provincia y departamento de Puno, cuya delimitación se encuentra entre las siguientes coordenadas geográfi cas referidas al DATUM WGS-84, que han sido obtenidas del Plano Batimétrico Topográfi co de la Lámina BT de fecha FEBRERO 2007, que obra en el expediente, de acuerdo al siguiente detalle: MUELLE: Vértice A Latitud 15°51’25.762” Sur Longitud 069°58’53.560” Oeste Vértice B Latitud 15°51’25.672” Sur Longitud 069°58’53.464” OesteVértice C Latitud 15°51’26.915” Sur Longitud 069°58’52.214” OesteVértice D Latitud 15°51’27.002” Sur Longitud 069°58’52.314” Oeste PLATAFORMA:Vértice E Latitud 15°51’27.427” Sur Longitud 069°58’52.803” Oeste Vértice F Latitud 15°51’27.743” Sur Longitud 069°58’52.425” OesteVértice F’ Latitud 15°51’27.468” Sur Longitud 069°58’52.087” OesteVértice G’ Latitud 15°51’27.340” Sur Longitud 069°58’52.053” OesteVértice G Latitud 15°51’26.915” Sur Longitud 069°58’51.767” OesteVértice H Latitud 15°51’27.002” Sur Longitud 069°58’52.314” Oeste Artículo 2º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas dentro del ámbito de su competencia y en coordinación con los sectores competentes, mediante Resolución Directoral dictará las normas y disposiciones complementarias que sean requeridas para la aplicación del Reglamento de la Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres, así como, en concordancia con la legislación vigente y con los Convenios Internacionales ratifi cados por el Estado Peruano. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa 225725-4 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra para participar en curso de ingeniería mecánica aeronáutica, a realizarse en Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 250-2008-DE/MGP Lima, 11 de julio de 2008Visto el Ofi cio N.1000-0763 del Director General de Educación de la Marina de fecha 11 de abril de 2008; CONSIDERANDO:Que, el Rector del Instituto Universitario Aeronáutico de Argentina, ha cursado la invitación para que UN (1) Ofi cial de la Marina de Guerra del Perú participe en el Curso de Ingeniería Mecánica Aeronáutica, a llevarse a cabo en el Instituto Universitario Aeronáutico, ciudad de Córdova - ARGENTINA, a partir del 1 de agosto de 2008 al 31 de diciembre de 2011; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Julio Stevens AYALA Huanca, para que participe en el Curso de Ingeniería Mecánica Aeronáutica, a impartirse en el Instituto Universitario Aeronáutico, ciudad de Córdova - ARGENTINA, a partir del 1 de agosto de 2008 al 31 de diciembre de 2011, por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; Que, la necesidad de la ejecución en el extranjero del citado curso, radica en que no es dictada en ninguna institución académica del país; Que, la duración del Curso es de TRES (3) años y CINCO (5) meses, que incluye los años académicos 2008, 2009, 2010 y 2011, por lo que el pago del 1 de agosto al 31 de diciembre 2008, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, para completar el período de duración de la Misión de Estudios a partir del 1 de enero de 2009 se formulará oportunamente la correspondiente ampliación de autorización de permanencia en el extranjero, aplicando el gasto al respectivo período presupuestal; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes 2008 del Ministerio de Defensa, Prioridad I, Rubro 1: Formación/Califi cación/Especialización” con el número 24, aprobado con Resolución Suprema Nº 044-2008-DE/SG del 11 de febrero de 2008 y sus modifi catorias; De conformidad con el Artículo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios, mayor de SEIS (6) meses, por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23º de la presente Ley, más el tiempo compensatorio previsto de acuerdo a la duración de la comisión de servicio o misión de estudios; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Alférez de Fragata Julio Stevens AYALA Huanca, CIP. 01011182 y DNI. 41241644, para que participe en el Curso de Ingeniería Mecánica Aeronáutica, a llevarse a cabo en el Instituto Universitario Aeronáutico, ciudad de Córdova - ARGENTINA, a partir del 1 de agosto al 31 de diciembre de 2008. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Córdova (ARGENTINA) - Lima (clase económica) US$ 544.14 x 1 persona x 2 (ida y retorno) Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,400.00 x 5 meses x 1 persona Gastos de Traslado: (Ida) US$ 2,400.00 x 1 compensación x 1 persona Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la Misión de Estudios, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El mencionado Ofi cial revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Descargado desde www.elperuano.com.pe