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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2008 (12/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 375992 a. Los arreglos institucionales previstos para la fase de operación y mantenimiento, b. La capacidad de gestión de la organización encargada del proyecto en su etapa de operación; c. Financiamiento de los costos de operación y mantenimiento, señalando cuales serían los aportes de las partes involucradas (Estado, benefi ciarios, otros). Se deberá presentar la estimación de las tarifas con las que se estimarán los ingresos. d. La participación de los benefi ciarios. 4.9 Impacto ambiental Identifi car las variables ambientales que podrían ser afectadas positiva o negativamente por la intervención. Describir los impactos positivos y negativos del proyecto y el planteamiento de medidas de mitigación. Los costos de las medidas de mitigación deberán ser incluidos en el cálculo de costos de las diversas alternativas. 4.10 Selección de alternativa Seleccionar la alternativa de acuerdo con los resultados de la evaluación económica, del análisis de sensibilidad y de sostenibilidad, explicitando los criterios y razones de tal selección. Describir la alternativa seleccionada para producir las cantidades previstas de bienes o servicios, detallando la localización, tecnología de producción o de construcción y tamaño óptimo. 4.11 Plan de Implementación Detallar la programación de las actividades previstas para el logro de las metas del proyecto, indicando secuencia y ruta crítica, duración, responsables y recursos necesarios. Incluir las condiciones previas relevantes para garantizar el inicio oportuno y adecuado de la ejecución. 4.12 Organización y Gestión En el marco de los roles y funciones que deberá cumplir cada uno de los actores que participan en la ejecución así como en la operación del proyecto, analizar la capacidades técnicas, administrativas y fi nancieras para poder llevar a cabo las funciones asignadas. Los costos de organización y gestión deben estar incluidos en los respectivos presupuestos de inversión y de operación. Se deberá recomendar la modalidad de ejecución más apropiada para cada uno de los componentes de la inversión, sustentando los criterios utilizados. 4.13 Matriz de marco lógico para la alternativa seleccionada Se presentará la matriz definitiva del marco lógico de la alternativa seleccionada, en la que se deberán consignar los indicadores relevantes y sus valores actuales y esperados, a ser considerados en la etapa de seguimiento y evaluación ex post. Esta información es relevante para la definición de la línea de base; y, para orientar las acciones de seguimiento y evaluación ex post. 5 CONCLUSIÓN Mencionar las alternativas priorizadas y recomendar la siguiente acción a realizar con relación al ciclo de proyecto. 6 ANEXOS Incluir como anexos cualquier información que precise algunos de los puntos considerados en este perfi l. 6.1 Anteproyecto, en el cual se plantee en una primera aproximación, las características formales espaciales, funcionales y técnicas del edifi cio. El anteproyecto debe contener: 6.1.1 Maqueta. 6.1.2 Planos:- Localización: señalando accesos generales, ubicación y orientación del edifi cio. - Distribución general de cada una de las plantas, completamente acotado, indicando leyendas de puertas y ventanas. - Techos (señalando pendientes y sistemas de canalización de aguas de lluvias). - Paisajístico- Elevaciones (principal, laterales y posterior).- Secciones o cortes sufi cientes para comprender las alturas internas propuestas, completamente acotado. - Circulación: mostrando accesos de público, de personal; y, de objetos; así como, los recorridos internos de los mismos y vías de escape. - Topografía original y modifi cada en caso de ser necesario. El anteproyecto deberá ir acompañado de una “memoria descriptiva” donde se explicará en forma general cada uno de sus componentes. 6.1.3 Recorrido virtual en 3D. 225687-1 Aprueban la aplicación de los Contenidos Mínimos a Nivel de Perfil para los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras en Afirmado y para los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras Asfaltadas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2008-EF/68.01 Lima, 9 de julio de 2008 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, es la más alta autoridad técnico normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Dicta las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública; Que, el literal f. del numeral 3.2 del artículo 3° del Reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 102-2007-EF, modifi cado por el Decreto Supremo N° 185-2007- EF, señala que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público establece los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieran los Proyectos de Inversión Pública; Que, la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva N° 004-2007-EF/68.01, aprobada por la Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01, en el numeral 20.6 del artículo 20° establece que todas las excepciones a lo dispuesto en los niveles mínimos de estudios para la declaración de viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública las aprueba la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 modifi cada por las Leyes Nos. 28522 y 28802, así como por el Decreto Legislativo N° 1005, normas reglamentarias y complementarias, y las Resoluciones Ministeriales Nos. 158-2001-EF-15 y 702-2006-EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los Contenidos Mínimos para los estudios de preinversión a Nivel de Perfi l de los Proyectos de Inversión Pública de Descargado desde www.elperuano.com.pe