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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2008 (12/07/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 375993 Rehabilitación de Carreteras en Afi rmado y de los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras Asfaltadas 1.1. Aprobar los Contenidos Mínimos para los estudios de preinversión a Nivel de Perfi l de los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras en Afi rmado y de los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras Asfaltadas. 1.2. Los Proyectos de Inversión Pública cuyos estudios de preinversión cumplan con los Contenidos Mínimos aprobados por el numeral precedente, podrán ser declarados viables solamente con ese nivel de estudio. 1.3. Los Contenidos Mínimos a que se refi ere el numeral 1.1 no son de aplicación a los Proyectos de Inversión Pública cuyo monto de inversión no supere los S/. 6 millones de Nuevos Soles, a los cuales les son de aplicación las disposiciones de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, Directiva N° 004-2007-EF/68.01, aprobada por Resolución Directoral N° 009-2007-EF/68.01, y modifi catorias. Artículo 2°.- Aplicación de los Contenidos Mínimos para los estudios de preinversión a Nivel de Perfi l para los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras en Afi rmado y para los Proyectos de Inversión Pública de Rehabilitación de Carreteras Asfaltadas Los Contenidos Mínimos aprobados por el artículo 1° son de aplicación para los proyectos con perfi les aprobados y con autorización para la elaboración del estudio de Prefactibilidad o Factibilidad, siempre y cuando dicho estudio no se encuentre en elaboración, en virtud a un contrato suscrito o por administración directa a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, o si su elaboración ha sido objeto de un convenio internacional de fi nanciamiento o documento similar. En caso contrario, el estudio que se encuentra en elaboración deberá culminarse para su posterior evaluación y, de corresponder, su declaración de viabilidad. Artículo 3°.- Prohibición de aplicación indebida de los Contenidos Mínimos a Nivel de Perfi l aprobados por la presente Resolución Directoral Los Contenidos Mínimos aprobados por la presente Resolución Directoral no pueden ser aplicados para la formulación de proyectos cuya ejecución o la elaboración de estudios defi nitivos, expedientes técnicos o el equivalente se haya iniciado antes de la vigencia de la presente norma sin haber contado con los estudios de preinversión respectivos; ni para los proyectos que hayan sido evaluados y rechazados, bajo responsabilidad de la Unidad Formuladora y de la Ofi cina de Programación e Inversiones que evalúe dichos proyectos. Artículo 4°.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la página web de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (http://www.mef.gob.pe/DGPM). Regístrese, comuníquese y publíquese.MIGUEL PRIALÉ UGÁS Director GeneralDirección General de Programación Multianualdel Sector Público 225722-1 Modifican Cuadro de Plazos - Anexo III para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2009 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 035-2008-EF/76.01 Lima, 10 de julio del 2008CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nº 024- 2007-EF/76.01 se aprueba la Directiva Nº 006-2007-EF/76.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, que contiene las pautas y los procedimientos de carácter general y permanente orientados para que los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales programen y formulen su presupuesto institucional en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, con la Resolución Directoral Nº 025-2008- EF/76.01 se aprueban, entre otros, modifi catorias y derogatorias de la citada Directiva, así como de los Anexos I, II y III y los Cuadros de Plazos para las Fases de Programación y Formulación para el Año Fiscal 2009 de los presupuestos de los niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local; Que, con el objeto de brindar mayores facilidades a los Gobiernos Locales para la adecuada ejecución de las labores comprendidas en las Fases de Programación y Formulación de sus presupuestos institucionales, resulta necesario modifi car el Cuadro de Plazos -Anexo III para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modifi car el Cuadro de Plazos -Anexo III para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Gobiernos Locales para el Año Fiscal 2009, en lo que corresponde a los numerales 13.1 y 13.3 del artículo 13º de la Resolución Directoral Nº 025-2008-EF/76.01, conforme a lo siguiente: Concepto Plazo Municipalidades Distritales presentan a las Municipalidades Provinciales de su ámbito geográfi co sus Anteproyectos de Presupuesto.Hasta el 24 de julio de 2008. Municipalidades Provinciales consolidan y presentan a la DNPP los Anteproyectos de Presupuesto de las Municipalidades DistritalesHasta el 31 de julio de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MUÑOZ ROMERO Director GeneralDirección Nacional del Presupuesto Público 225724-1 INTERIOR Exoneran de proceso de selección la adquisición de pasaportes y láminas de seguridad para la Dirección General de Migraciones y Naturalización - DIGEMIN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0592-2008-IN/0501 Lima, 11 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe