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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de julio de 2008 375986 realizar la XXI Reunión Bilateral de Inteligencia entre la 1ra División del Ejército de Bolivia y la 4ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú, en la ciudad de Puno; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República tres (03) Ofi ciales del Ejército de Bolivia, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 16 al 18 de julio de 2008, para participar en la XXI Reunión Bilateral de Inteligencia, entre la 1era División del Ejército de Bolivia y la 4ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú, en la ciudad de Puno. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 693-2008/DE/SG. 11 de julio de 2008a. MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República tres (03) Ofi ciales del Ejército de Bolivia para participar en la XXI Reunión Bilateral de Inteligencia, entre la 1era División del Ejército de Bolivia y la 4ta Brigada de Montaña del Ejército del Perú, en la ciudad de Puno. b. IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LA REPUBLICA DE BOLIVIA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. CORONEL OSCAR GAMEZ OLIVER 2. CORONEL JHONNY ZAMBRANO PEÑA3. TENIENTE CORONEL RENE SAJINES CHACON c. TIEMPO DE PERMANENCIA Del 16 al 18 de julio de 2008. 225634-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 694-2008-DE/SG Lima, 11 de julio de 2008CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 666 de fecha 25 de junio de 2008, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América , sin armas de guerra; Que, tres subofi ciales de la marina de los Estados Unidos de América realizarán prácticas de entrenamiento en los laboratorios del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) sobofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, del 19 de julio al 15 de agosto de 2008, para realizar prácticas de entrenamiento en los laboratorios del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTERO FLORES ARÁOZ E. Ministro de Defensa ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 694-2008-DE/SG. 11 de julio de 2008a.- MOTIVOAutorizar el ingreso al territorio de la República de tres (03) subofi ciales de la Marina de los Estados Unidos de América para realizar prácticas de entrenamiento en los laboratorios del Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales - NMRCD. b.- IDENTIFICACION DEL PERSONAL MILITAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, SIN ARMAS DE GUERRA, QUE INGRESARÁ AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA: 1. SUBOFICIAL MICHAEL BAXTER 2. SUBOFICIAL IRAN BRENER3. SUBOFICIAL NANDA RAMCHANDARDescargado desde www.elperuano.com.pe